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Tribunales Cádiz

El TSJA rebaja la indemnización a la víctima de un apuñalamiento en Chiclana

  • El Alto Tribunal andaluz, no obstante, confirma la condena de tres años de prisión al agresor

La Audiencia Provincial de Cádiz.

La Audiencia Provincial de Cádiz. / Lourdes de Vicente

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena de tres años y medio de prisión que la Audiencia de Cádiz impuso a un hombre por apuñalar a otro que intentó defender a un amigo a las afueras de una discoteca, en Chiclana, en agosto de 2018. No obstante, el TSJA ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el agresor y ha rebajado la indemnización de la víctima a 26.000 euros, la mitad de lo dictado inicialmente.

Según la sentencia, los hechos se remontan a agosto de 2018, cuando el condenado se encontraba en una discoteca de madrugada y al ir al servicio coincidió con otro hombre, con quien había tenido un enfrentamiento previo en la feria.

Fue entonces cuando le dijo que saliese fuera que iban a “aclarar sus problemas”, manifestándole que le daba igual ir a la cárcel y que lo mataría.

Ante esta situación, esta persona decidió quedarse en el interior de la discoteca, mientras que dos de sus amigos salieron al exterior del establecimiento para intentar mediar con el procesado.

Así, cuando uno de los amigos se dirigía a hablar con él, “sin mediar palabra y con ánimo de acabar con su vida”, le clavó un cuchillo de mango marrón, similar a los utilizados en los restaurantes, en la zona del costado, volviendo el agresor a intentar clavarle el cuchillo por segunda vez, si bien la víctima esquivó el ataque. Todo ello mientras le decía “te mato, te mato”. Finalmente, el encausado se marchó corriendo, se montó en un ciclomotor conducido por su hermano y huyó del lugar. 

A la hora de rebajar la indemnización a la víctima, el TSJA ha considerado que el perjuicio estético sufrido por ésta debe encuadrarse en la categoría de “moderado”, si bien, dada la pluralidad de las cicatrices y, sobre todo, la extensión y características no completamente normotróficas de la principal (la ligera pigmentación, la pequeña protuberancia central y las huellas puntiformes de las grapas), el tribunal atribuye dentro de esta categoría una puntuación en la zona superior del tramo asignado en la tabla correspondiente del sistema, en concreto, la de once puntos.

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