Provincia de Cádiz

Reclaman 237.771 euros al SAS por la muerte de una mujer de 41 años

  • La asociación del Defensor del Paciente dice que se le diagnosticó erróneamente en Urgencias una fractura de peroneo cuando padecía un trombo en la pierna

Los servicios jurídicos de la asociación del Defensor del Paciente han presentado una reclamación de responsabilidad patrimonial al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por una atención deficitaria prestada en el servicio de Urgencias del hospital de Jerez a Carmen Mezcua Algeciras, que falleció a consecuencia, según la asociación, de un error en el diagnóstico. La reclamación por la vía administrativa es el paso previo a la denuncia por lo contencioso administrativo, que la familia interpondrá, si el SAS finalmente no resuelve de forma positiva.

El abogado José Luis Ortiz Miranda, miembro de la Asociación del Defensor al Paciente, explicó ayer que se reclama al SAS una indemnización de 237.771, 50 euros por los daños y perjuicios causados. Los hechos se remontan al 27 de diciembre de 2008, cuando Carmen Mezcua, de 41 años, sufrió una caída accidental con torcedura de tobillo, por lo que acudió a las Urgencias del hospital, donde le inmovilizaron el tobillo con una férula y "le recomendaron que acudiera a control por Traumatología". Según el abogado, en el servicio de Traumatología le diagnosticaron erróneamente fractura de maleolo del peroneo. Un mes más tarde, el 21 de enero de 2009, Carmen acudió nuevamente a Urgencias porque el dolor iba en aumento y seguía teniendo molestias en la pierna izquierda. Entonces le retiraron el yeso, no apreciándose lesiones ulcerosas y presentando una moderada inflamación con dolor selectivo a la palpación en el maleolo peroneo. Le realizaron una radiografía en la que se apreciaba consolidación casi completa de la fractura, por lo que decidieron mantener la férula y el mismo plan de tratamiento y seguimiento.

El 16 de marzo de 2009, Carmen estaba en su domicilio cuando sufrió un desvanecimiento. Aunque la familia llamó de forma inmediata a los servicios médicos de urgencias, cuando llegó la ambulancia sólo pudo certificar su muerte.

Según manifestó el abogado de la familia, a raíz de una denuncia presentada en el juzgado de guardia por el esposo de Carmen, que tenía tres hijos, el juez pidió una autopsia y la historia clínica de la fallecida. El informe forense a instancias del juzgado de instrucción número 2 de Jerez determina que "los hallazgos descritos ponen de manifiesto que la causa de la muerte fue un proceso tromboembólico pulmonar desde la pierna izquierda" y agrega que "el trombo pulmonar derivaba y trae causa de la pierna izquierda". En base a este informe, la asociación Defensor del Paciente concluye que la "trombosis venosa inicial en la pierna izquierda se propagó al pulmón y que ésta fue la causa de la muerte".

Ortiz Miranda destacó el hecho de que por dos ocasiones en el servicio de Urgencias no se le diagnosticara de forma correcta y que en cambio, se le siguiese manteniendo el mismo tratamiento. La hermana de la fallecida, Pilar Mezcua, pidió ayer que se haga justicia y que no vuelva a ocurrir lo sucedido con su hermana. "Esperamos que con esto se pueda salvar alguna vida". Según comentó Pilar, se da la circunstancia de que cuando su hermana se empezó a encontrar peor, no sólo por su dolor en la pierna, sino finalmente también en el pecho acudió al servicio de Urgencias de La Granja "donde le dijeron que era ansiedad y que fuese al día siguiente a su médico de cabecera. Allí fue lo mismo, le dieron un tratamiento para el dolor. Fue un cúmulo de errores en todas partes".

Según el abogado, hasta el momento el SAS no se ha pronunciado. Únicamente el Servicio de Aseguramiento y Riesgos, un órgano instructor del SAS para este tipo de procedimientos de responsabilidad patrimonial, le ha remitido al letrado un escrito en el que su responsable expresa "su pesar" por el fallecimiento de Carmen Mezcua, le reclama determinada documentación y le informa que, según establece la legislación, si transcurridos seis meses no se ha dictado resolución expresa o se haya formalizado acuerdo, podrá entenderse que "la resolución es contraria a su petición de indemnización".

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