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Tribunales

Pacheco se la juega hoy en el Supremo

  • La Fiscalía pide aumentar la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial al ex alcalde por la contratación de dos asesores en empresas municipales en 2005. La confirmación del fallo supondría su ingreso en la cárcel

Hoy se celebra en el Tribunal Supremo la vista oral por el recurso presentado por el ex alcalde Pedro Pacheco a la sentencia de la Audiencia Provincial de mayo del año pasado que lo condenó a cuatro años y seis meses de prisión por los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación en la contratación de dos asesores para las empresas municipales Emusujesa y Speed Festival cuando era primer teniente de Alcaldía en 2005. Será la Sala Segunda de lo Penal la que oirá a las partes y analizará los escritos presentados meses atrás, tanto el de Pacheco como los de José López y Manuel Cobacho, los dos asesores contratados que también fueron condenados por cooperadores necesarios. La confirmación del fallo de la Audiencia podría suponer el ingreso en prisión del ex alcalde. 

La defensa de Pacheco, que sigue en manos del abogado Felipe Meléndez —aunque el resto de causas que el ex regidor tiene abiertas ha pasado a ser responsabilidad del penalista Manuel Hortas—, sustentará su argumentación en convencer al tribunal que las contrataciones de ambos asesores no pueden calificarse como un hecho delictivo, aunque centrándolo fundamentalmente en reiterar que no cumplen con los requisitos que establece el Código Penal para ser consideradas malversación de caudales públicos. Esto no es baladí puesto que la pena de prisión que le impuso la Audiencia a Pacheco se debe a que el tribunal entendió que incurrió en este delito puesto que la prevaricación solo conlleva condena de inhabilitación para el desempeño de cargo público. 

Las fuentes consultadas entienden que el Supremo tendría que hacer una enmienda a la práctica totalidad del fallo de la Audiencia para que el ex alcalde esquive la pena de prisión. En la sentencia se detalló que había cometido un delito de prevaricación en concurso medial con otro de malversación; esto quiere decir que uno de ellos es necesario para cometer el otro aplicándole la pena fijada para la infracción más grave impuesta en su mitad superior. Así, la malversación está penada entre tres y seis años, de ahí que se marcara en cuatro años y medio, el mínimo que fija la ley, más los ocho años de inhabilitación—el Código Penal establece entre seis y 10 años—.  

Sin embargo, la Fiscalía reiterará hoy que, incluso, la condena debería aumentarse ya que sigue manteniendo que, además de la malversación de caudales públicos y la prevaricación, también hubo un supuesto delito de falsificación de documento mercantil por los contratos que López y Cobacho firmaron con las empresas municipales  al contener información irreal puesto que recogían que trabajaban para las sociedades municipales sin que desempeñaran labor alguna. Mientras, la defensa sostuvo que eran asesores de carácter político. Finalmente, la Audiencia consideró que, aunque se daba esta circunstancia, no se puede condenar doblemente por los mismos hechos, de ahí que desechara la petición del ministerio fiscal en este sentido. 

Finalmente, la acusación particular, representada por el abogado Juan Pedro Cosano y que hablará en nombre de las empresas municipales, pedirá la confirmación de la sentencia de la Audiencia Provincial, sin incremento de las penas. Ya en el juicio celebrado el año pasado, el letrado rebajó sustancialmente la petición a cuatro años y seis meses tras afirmar que las tres contrataciones deberían juzgarse como un hecho delictivo único y no por separado.

También, la Fiscalía solicitará un ligero incremento de las penas para los dos otros condenados. Para José López plantea una de dos años y diez meses —cuatro meses más de los impuestos por la Audiencia— y para Francisco Cobacho, dos años y 10 meses.

Esta sentencia provocó que Pedro Pacheco y José López dejaran de ser concejales del Ayuntamiento jerezano puesto que la ley electoral impide que los condenados por delitos a la administración pública, aunque sea en primera instancia, ocupen un cargo electo.  

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