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Provincia de Cádiz

La Fiscalía pide la nulidad del juicio al ex jefe de la Policía de Sanlúcar

  • El juez había absuelto a Coronilla y al suboficial jefe, aunque la acusación recurrió la sentencia

El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz juzgaba el pasado mes de noviembre al ex jefe de la Policía Local de Sanlúcar, Antonio Coronilla, y al que era suboficial jefe del mismo cuerpo, Ildefonso Venzala, por unos hechos ocurridos en 1998. Ambos quedaron absueltos de los delitos contra la seguridad del tráfico y desobediencia, de los que se acusaba al primero, y de omisión del deber de perseguir delitos, al segundo. Sin embargo, los más de 14 años que ha tardado en llegar la sentencia pueden seguir prolongándose después de que el Ministerio Público haya solicitado la nulidad de un juicio que dio comienzo sin la presencia de la fiscal. Si los magistrados de la Audiencia Provincial aceptan la solicitud, el juicio tendrá que volver a repetirse.

La sentencia de absolución ya había sido recurrida por la acusación particular, según informa el abogado Juan Rivas, que había pedido la revocación de la misma y la condena de los acusados. Además, ha impugnado el recurso presentado por Fiscalía para evitar que se repita el juicio de una causa que parece no tener fin debido a las diversas suspensiones que ha sufrido. Considera que la Fiscalía no tiene razón al ver vulnerados sus derechos cuando no se han presentado a un juicio que estaba señalado. De hecho, la propia acusación particular reconoce que solicitó la apertura de la vista oral a consulta del juez a pesar de la ausencia de la fiscal.

La pelota está ahora en manos de los magistrados de la Audiencia Provincial, que deberán decidir primero acerca de la solicitud de la Fiscalía, es decir, si el juicio es válido o es necesario repetirlo. En caso de rechazar la petición tendrán que estudiar la apelación de la sentencia dictada por el juez de lo Penal que absolvió a los acusados.

El origen del procedimiento judicial se encuentra en un accidente de tráfico ocurrido en Sanlúcar en 1998 "en circunstancias casuales", según la sentencia, en el que ve probado que Dolores Ruiz sufre "un esguince cervical leve y otro lumbar y le quedaron como secuelas un síndrome postraumático cervical y una agravación de un cuadro depresivo anterior".

La Fiscalía y la acusación particular sostienen que Antonio Coronilla se negó a someterse a una prueba de alcoholomia solicitada por los ocupantes del vehículo con el que chocó y por el que le acusaban de un delito de desobediencia, cuestión que el juez no considera probado.

El juez vio "reprobable la providencial intervención de quien indiscutiblemente benefició a su superior", en alusión a Ildefonso Venzala, a quien absolvió por no considerar que obstaculizara la debida investigación. Al suboficial jefe se le acusa de convencer al marido de Dolores Ruiz de modificar su declaración para suprimir los párrafos que aludían a los síntomas de embriaguez y a la solicitud de someterse a la prueba de alcoholemia.

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