Tribunales Cádiz

Condenado en Cádiz a 10 años de cárcel por abusar sexualmente de una menor

  • El tribunal considera acreditado que el joven, de 28 años, mantuvo relaciones completas con una niña de 13

Fachada del Palacio de Justicia de Cádiz.

Fachada del Palacio de Justicia de Cádiz. / Joaquín Hernández 'Kiki'

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un joven a 10 años de prisión por abusar sexualmente y de manera continuada de una menor de edad con la que mantuvo una relación durante un año aproximadamente. El tribunal de la Sección Cuarta, encargado de juzgar el caso, también lo ha inhabilitado para el ejercicio de cualquier oficio, retribuido o no, que implique contacto con menores y le ha impuesto una indemnización a favor de la víctima de 8.000 euros.

La resolución judicial, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), recoge como hechos probados que en julio de 2016, el acusado, con 28 años de edad en ese momento, conoció a una menor que entonces tenía 13. A los pocos días, prosigue la resolución judicial, ambos iniciaron una relación sentimental que duró hasta agosto de 2017

En dicha relación y desde los primeros meses de iniciarse, el procesado mantuvo relaciones sexuales completas con la niña un número indeterminado de ocasiones, siempre en el domicilio de él.

Durante la celebración de la vista oral en la Audiencia de Cádiz, el encausado reconoció los hechos aunque matizó que, al principio, la menor le dijo que tenía 16 años y él se lo creyó por la madurez y el aspecto de ella, si bien luego supo que tenía 14 (los acababa de cumplir) y, pese a conocer su verdadera edad, no dejó de mantener relaciones sexuales con ella.

La menor, por su parte, manifestó en el juicio que ambos se dijeron sus respectivas edades el primer día que se conocieron: ella le dijo que tenía 13 y él le dijo que tenía 23. Pasado un mes, añadió, vio su DNI y comprobó que tenía 28.

Asimismo, afirmó que no salían a la calle juntos, que él la hacía montarse en la parte de atrás del coche para que no la vieran con él y que los encuentros sexuales sucedían siempre en su casa. También declaró que ella tenía miedo a perderlo, por eso consentía acciones que no le agradaban, como que él mantuviera relaciones con otras chicas. 

Sobre si el procesado sabía o no la edad de la chica, el tribunal de la Sección Cuarta no alberga dudas. Lo sabía, y no solo porque la menor se lo dijese, sino porque su aspecto físico, su forma de expresarse, su inmadurez y la edad de sus amigas -a las que él conocía- así lo denotaban. 

La defensa del encausado alegó en última instancia que su cliente ignoraba que mantener relaciones sexuales con una menor de 16 años fuese delito. Para el tribunal sentenciador, éste extremo no tiene cabida. 

Además de la pena privativa de libertad y de la inhabilitación profesional, la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz  ha prohibido al acusado acercarse y comunicarse con la víctima y ha decretado cinco años de libertad vigilada.

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