Provincia de Cádiz

La Cámara de Cuentas incluyó alusiones al alcalde en la revisión del anteproyecto

  • El informe, durante su tramitación posterior al trabajo de campo, incorporó tres cuestiones clave: las referencias al alcalde, a la situación atípica de la caja municipal y a la existencia de responsabilidad contable

El informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía alude a la responsabilidad del alcalde, Manuel de Bernardo, en el control de la caja municipal y en las actas de arqueo. En el punto número 160, afirma literalmente que "a los arqueos deben asistir el alcalde, el tesorero y el interventor". Alude también el documento al artículo 41 del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, donde se incluyen, entre las atribuciones del presidente de la Corporación, la de "conservar en su poder una de las tres llaves del arca de caudales y asistir a los arqueos ordinarios y extraordinarios".

Estas referencias a la responsabilidad del alcalde -alusiones directas bastante explícitas que recoge el texto- fueron incluidas en una revisión posterior al trabajo de campo auditor desarrollado por la Cámara de Cuentas, durante la tramitación que registra el documento hasta convertirse en un informe provisional.

En el anteproyecto elaborado por los técnicos -documento interno en el que se plasma todo ese trabajo de campo desarrollado durante meses de investigación al que este periódico ha tenido acceso- no se incluye ninguna de estas alusiones a la necesaria presencia del alcalde en los arqueos y a la custodia de una de las llaves.

La mención aparece por primera vez en la redacción provisional del informe, en el documento que el Ayuntamiento recibe en la mañana del 9 de abril. Y se mantiene luego en el informe definitivo de la auditoría al descartar las alegaciones presentadas en este sentido desde el Consistorio.

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha explicado a este periódico que es "absolutamente normal" que se introduzcan modificaciones en el texto a medida que se van dando pasos en su tramitación. Así, el informe elaborado por el equipo auditor, el trabajo de campo, se sintetiza primero en un borrador y luego en un anteproyecto que se somete a una continua revisión técnica coordinada y supervisada por uno de los consejeros de la Cámara.

En el manual de procedimientos de la Cámara de Cuentas se detallan los múltiples pasos a seguir en la elaboración de los informes de fiscalización. De un primer borrador del informe se pasa al borrador definitivo. Una comisión técnica lo depura, supervisa e incluye sugerencias para dar lugar al anteproyecto, que es también remitido al pleno de la Cámara de Cuentas. Cuando en este documento se plasman las consideraciones acordadas por el pleno, se convierte en el informe provisional que se envía a los órganos fiscalizados -en este caso, el Ayuntamiento- para que se formulen las correspondientes alegaciones y se elabore el informe definitivo, que luego se remite al Tribunal de Cuentas. "Absolutamente todos los informes -puntualizaron fuentes de la Cámara- se remiten al Tribunal de Cuentas, que actúa en consecuencia".

Resulta, pues, normal que se introduzcan modificaciones en el documento de la Cámara de Cuentas. Aunque sólo tres de relieve se han registrado en la tramitación que va desde el anteproyecto al informe provisional, según lo estipulado por el manual de procedimiento, tras incluirse las consideraciones del pleno de la Cámara de Cuentas.

La primera de ellas, como se ha explicado, atañe a las responsabilidades del alcalde. La segunda, que aparece en el punto 139 y se recoge luego también en las conclusiones del informe, alude al "elevado volumen de recursos que son gestionados a través de la caja, situación atípica que se aleja de cualquier práctica razonable sobre el funcionamiento de una caja municipal".

Y la tercera diferencia -punto número 163 y conclusión final del documento- completa la conclusión aportada por los técnicos, que sostiene que "el Ayuntamiento de San Fernando no ha ejercido un adecuado control sobre la caja municipal durante el periodo 2002-2009", para asegurar que "ello podría motivar la exigencia de responsablidad contable, así como de aquellas otras que, en su caso, pudieran derivarse con arreglo a lo establecido por la normativa vigente".

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