Viernes Santo Horarios, itinerarios y recorridos del Viernes Santo en la Semana Santa de Cádiz 2024

Provincia de Cádiz

Absuelto de violar a su ex pareja tras negarse ella a declarar en el juicio

  • La Audiencia de Cádiz condena al acusado a dos años por lesiones y las califica de "brutales"

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Cádiz, encargado de juzgar este caso.

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Cádiz, encargado de juzgar este caso. / d.c.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a un linense acusado de agredir sexualmente a su ex pareja mientras la amenazaba con una pistola en 2014. El tribunal gaditano ha exculpado al procesado del delito de violación porque durante la celebración del juicio, la denunciante se acogió a su derecho a no declarar en contra del que fuera su novio.

La ausencia del testimonio de la mujer ha dado lugar a una "total orfandad probatoria", esgrime la sentencia. De hecho, ese silencio ha sido el principal motivo por el que el tribunal de la Sección Tercera ha dictado un pronunciamiento absolutorio respecto del delito de agresión sexual, por el que la Fiscalía solicitaba 12 años de prisión para el encausado.

El tribunal subraya la corpulencia del agresor frente a la fragilidad de la víctima

Ahora bien, la Audiencia de Cádiz ha condenado a este vecino de La Línea a dos años de prisión por el delito de lesiones, "que están objetivadas en el parte médico y en el informe forense" adjuntados a la causa. "Dichas lesiones, reconocidas por el acusado, revelan una especial brutalidad [...] dada la corpulencia del agresor y la fragilidad de la víctima", expone el tribunal.

Así, la sentencia recoge como hechos probados que el linense, mayor de edad y condenado anteriormente por un delito de lesiones en el ámbito familiar, mantuvo una relación sentimental y de convivencia con una mujer, la cual finalizó en julio de 2014.

El 4 de diciembre de ese mismo año, apunta la resolución judicial, el procesado, que presentaba una leve dependencia a la cocaína que le dificultaba controlar sus actos, se encontraba en el interior de su domicilio en Algeciras cuando discutió con su ex novia y, con ánimo de atentar contra su integridad física, "le dio fuertes puñetazos en el rostro y en la cabeza, alcanzándola en el ojo izquierdo".

Como consecuencia de lo anterior, la perjudicada sufrió múltiples lesiones que el tribunal "no ha dudado en calificar de brutales". La más importante fue una contusión orbitaria en ese ojo, lo que le produjo una úlcera corneal. Según especifica la sentencia, la mujer tardó en curar más de 150 días, durante los cuales seis estuvo impedida para el desempeño de sus tareas habituales. Le han quedado como secuelas molestias residuales en el ojo izquierdo, lagrimeo y fotosensibilidad.

El linense procesado en este caso consignó antes de la celebración del juicio un total de 25.000 euros en concepto de indemnización para reparar a la víctima. El ingreso de este montante ha sido valorado por el tribunal gaditano como atenuante a la hora de fijar la pena de prisión de dos años, así como la analógica de drogadicción.

La resolución judicial, que no es firme, prohibe también al procesado comunicarse con su ex pareja por cualquier medio y aproximarse a menos de 200 metros de ella, su domicilio, puesto de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por la mujer por el periodo de tres años.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios