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La UE acuerda normas comunes sobre el retorno de inmigrantes irregulares

  • La normativa, que marca un periodo máximo de retención para indocumentados de 6 meses ampliables a 18, aún debe ser aprobada por el Parlamento Europeo

Tras más de dos años de discusiones, los países de la Unión Europea (UE) acordaron hoy una nueva legislación con normas comunes mínimas para el retorno de inmigrantes ilegales, que fija un periodo máximo de retención de seis meses ampliables a dieciocho.

Los embajadores de los Veintisiete ante la UE lograron cerrar un texto en el que finalmente no se garantiza a los indocumentados el acceso a asistencia legal gratuita en todo el territorio comunitario. El texto, pactado por unanimidad, debe ser aún aprobado por el Parlamento Europeo, donde le espera la oposición de buena parte de la Cámara, antes de su ratificación final por los ministros de Justicia e Interior el 5 y 6 de junio próximos.

El último punto de discordia, la asistencia jurídica gratuita para los indocumentados, se cerró con una solución salomónica por la que esa ayuda legal se ofrecerá en función de las normas de cada país comunitario, según dijeron fuentes diplomáticas. Por ello, la versión final no garantiza que se dé asistencia legal gratuita, sino que esa ayuda "puede" darse a los indocumentados de acuerdo a las prácticas nacionales, explicaron a Efe fuentes comunitarias. Además, se acordó incluir una declaración en la que se hace un llamamiento a los Estados miembros a que "dispongan los medios necesarios" para ayudar a los ilegales que carecen de ellos para obtener asistencia legal.

La cuestión de la asistencia jurídica fue uno de los ejes de la oposición de Alemania, Austria y Grecia durante la discusión de la pasada semana, ya que esos países temían el alto coste para sus arcas públicas de un apoyo legal gratuito garantizado. Finalmente, la presidencia retiró la mención a la obligatoriedad de la asistencia legal gratuita y, tras nuevas discusiones para buscar un compromiso y un nuevo debate, se logró el acuerdo hoy en los términos descritos.

Este proyecto de directiva intenta lograr una equiparación de mínimos sobre las normas de retención y retorno de inmigrantes irregulares que han llegado a territorio de la UE, ya que actualmente hay muchas diferencias. Nueve países comunitarios -Reino Unido, Suecia, Grecia, Dinamarca, Finlandia, Estonia, Irlanda, Malta y Holanda- no tienen ningún período máximo de retención de los indocumentados, por lo que éstos pueden estar internados de forma indefinida.

El texto acordado establece, en su versión actual, un período de salida voluntaria de siete a treinta días. También se fija un período máximo de retención de seis meses, ampliables a 18 meses en casos excepcionales para los indocumentados que no cooperan o cuando hay problemas para obtener la documentación de países terceros. España cuenta ahora con un período máximo de retención de 40 días, pero el Gobierno ya ha anunciado su intención de elevarlo porque lo considera insuficiente para averiguar la identidad y nacionalidad de los indocumentados que llegan a su territorio.

La directiva comunitaria establece que la retención tendrá lugar cuando haya un riesgo de eludir la acción de las autoridades y debe ser "lo más corta posible" y en centros específicos. También se indica que la retención será decidida y revisada por las autoridades judiciales competentes.

Otra cuestión que trata el proyecto de norma comunitaria es la de los menores no acompañados de familiares, en los que se debe tener en cuenta "el mejor interés" para ellos. El texto establece que para devolver un menor a su país debe hacerse a miembros de su familia, un tutor o una institución adecuada. Los irregulares expulsados afrontarán además una prohibición de volver a entrar legalmente en territorio de la UE durante un máximo de cinco años, aunque ese periodo puede aumentar si la persona expulsada supone una amenaza grave para la seguridad.

Organizaciones de defensa de los derechos humanos como el Consejo Europeo de Refugiados y Exiliados (ECRE) y Amnistía Internacional (AI) se oponen a esta legislación y han urgido al pleno de la Eurocámara a que lo rechace. Si se aprueba tal como está prevista, la directiva entrará en vigor dos años después de su publicación oficial, es decir, en junio de 2010, pero no se aplicaría a Reino Unido, Irlanda o Dinamarca, los países de la UE que no forman parte del sistema Schengen de fronteras abiertas.

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