Tráfico

DGT: Si sufres alguna de estas enfermedades, no puedes conducir

Si tienes alguna de estas enfermedades, tienes prohibido conducir

Si tienes alguna de estas enfermedades, tienes prohibido conducir / R. D.

Renovar el carnet de conducir es un mero trámite que no suele durar más de lo que se tarda en hacerse un fotografía de carnet y pasar el test psicotécnico, que suele venir acompañado de un simple examen médico.

Sin embargo, hay un pequeño grupo que está inhabilitado para ir al volante por su discapacidad o por el hecho de sufrir una enfermedad. Se calcula que cada 12 meses, unas 26.000 personas no pueden renovar su licencia por alguno de estos motivos que contempla la Dirección General de Tráfico (DGT).

Conducir con el carnet caducado supone una multa de hasta 200 euros Conducir con el carnet caducado supone una multa de hasta 200 euros

Conducir con el carnet caducado supone una multa de hasta 200 euros / Archivo

Tráfico recoge una lista de enfermedades con las que será imprescindible presentar un informe favorable del médico especialista para poder llevar a cabo la renovación del carnet de conducir. Estas son algunas de las principales enfermedades o dolencias:

Enfermedades psiquiátricas

Según la gravedad de la enfermedad, la validez del permiso variará de más a menos años, siempre dependiendo del riesgo que este suponga para la seguridad vial.

  • Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.
  • Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.
  • Ansiedad y Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • Trastorno obsesivo compulsivo.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • TDH ( Hiperactividad).
  • Abuso y dependencia del alcohol.
  • Abuso y dependencia de drogas.

Enfermedades vasculares

Aneurisma de grandes vasos: sin indicación de cirugía, con informe favorable del especialista se le dará entre 1 y 10 años de vigencia para la renovación del permiso.

Aneurisma de grandes vasos o disección: transcurridos 6 meses desde la corrección quirúrgica, con informe favorable del cardiólogo o cirugía vascular se le dará entre 1 o 2 años.

Molestias digestivas

Enfermedades digestivas

Nefropatía con diálisis: con informe favorable se le dará entre 1 y 10 años. Informe desfavorable, no apto.

Trasplante renal: los receptores solo podrán renovar el carnet de conducir con un informe favorable del nefrólogo, y si han transcurrido más de seis mes del trasplante y no han habido problemas posteriores.

Enfermedades respiratorias

Apnea del sueño: con informe favorable se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia por un período de vigencia máximo de 3 años. Sin informe favorable, no apto. 

Disneas permanentes en reposo o de esfuerzo leve: no apto.

Enfermedades endocrinas

Diabetes Mellitus insulinodependiente o con medicamentos hipoglicemiantes: con informe favorable se le dará entre 1 y 5 años de plazo para renovar el carnet. 

Hipotiroidismo y Paratiroides: con informe favorable se le dará entre 1 y 10 años.

Enfermedades neurológicas

Accidente isquémico transitorio: tras 6 meses sin síntomas y informe favorable se le dará el carnet por 1 año.

Epilepsia: Si la persona ha tenido su primera crisis o una sola crisis, transcurridos 6 meses y con un informe favorable se le dará una vigencia de entre 1 y 10 años. Si hace 1 año que no tiene epilepsia, ni crisis convulsivas, con informe favorable se le dará entre 1 y 2 años. Transcurridos 3 años, sin crisis o pérdidas de conciencia, la vigencia se alargará entre 1 y 5 años.

Crisis o pérdida de conciencia en el último año: no apto.

Enfermedades cardíacas

Arritmias cardíacas: si la persona ha sufrido una arritmia que le ha provocado una pérdida de atención o un síncope en los últimos seis meses no podrá prorrogar su licencia. 

Portadores de marcapasos: deberá pasar un mes tras la colocación del marcapasos antes de hacer la renovación. 

Desfibrilador automático: Transcurridos 3 meses desde la implantación del desfibrilador para los casos de prevención secundaria y 2 semanas para la prevención primaria, se podrá obtener o prorrogar el permiso con período de vigencia de 1 año. 

Prótesis valvulares cardíacas e infarto agudo de miocardio: quienes hayan sufrido un infarto agudo de miocardio o se hayan sometido a cirugía para colocar una prótesis valvular, deberán dejar pasar 3 meses para renovar el carné de conducir.

Enfermedades oncológicas

Dolencia oncológicas: No deben existir procesos oncológicos que, por su sintomatología o tratamiento, produzcan pérdida o disminución grave de las capacidades sensitivas, cognitivas o motoras que incidan en la conducción. Si el informe del oncólogo es favorable, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con un período de vigencia de 1 año. 

Trastornos oncohematológicos: las personas que sufran de esta enfermedad, por norma general, no podrán renovar el permiso de conducción hasta transcurridos 10 años desde la remisión completa de la enfermedad. Sin embargo, si el paciente no tiene alteraciones graves de las series hematológicas durante 3 meses, y consigue un informe favorable del oncólogo o hematólogo, podrá prorrogar la licencia por un periodo máximo de 1 año.

Hay que tener en cuenta que, según la Ley de Seguridad y Tráfico, circular con el permiso de conducir caducado conlleva una multa de 200 euros.

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