Mascotas

¿Cómo compartimos a la mascota después de un divorcio?

Una mujer se aleja de su perro tras dejarlo abandonado en un camino

Una mujer se aleja de su perro tras dejarlo abandonado en un camino / PIXABAY

Desde hace años es posible que una pareja se divorcie ante notario, siempre que sea de mutuo acuerdo y que la pareja no tenga hijos menores. Pero, con el nuevo régimen jurídico para los animales, ¿qué ocurre ahora cuando no hay niños, pero sí una mascota o más?

Un tema que se puede dar cada vez más en las notarías y sobre el que el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla, Guillermo Cerdeira Bravo de Mansilla, disertó en la Academia Sevillana del Notariado.  Pero la Ley de Bienestar Animal no sólo afecta a las separaciones, sino a temas como la escritura de hipotecas en el ámbito agrario. "Ahora, los animales ya no son simples cosas, pero siguen siendo bienes, aunque ahora con la pretección de bienestar. Con la nueva ley están más protegidos, pero no se convierten en personas", explica.

Los animales se pueden hipotecar, vender, alquilar, regalar, pero los animales de compañía tienen excepciones. Guillerno Cerdeira señala aquí uno de los problemas de la ley: se refiere a animales de compañía, pero no define qué son estos animales, por lo que puede ser cualquiera. "Esta indefinición podría ocasionar problemas, sobre todo en el ámbito agrario. Por ejemplo, si alguien tuviera una deuda y 50 gallinas, podría en teoría decir que son animales de compañia, por lo que no se podrían vender o tomar como pago de la deuda". Para salvar los posibles contratiempos futuros, Guillerno Cerdeira aconseja escriturar también los animales a la hora de realizar una hipoteca. "De este modo seguirían siendo objeto de propiedad. En este punto hay mucha confusión a la hora de aplicar la ley de Bienestar Animal. En este caso, los animales son cosas singulares".

Otro asunto es cuando se produce una separación en la que no existe acuerdo sobre quién se queda con la mascota. Para Guillermo Cerdeira, lo ideal es que se establezaca para el animal un régimen paralelo al de los hijos menores, "sobre todo porque los niños son los que suelen estar más encariñados con ellos.

El problema llega, como siempre, cuando es imposible el acuerdoy tiene que decidir un juez. Hasta hace poco los tribunales se inclinaban para dejar la mascota a quien era el dueño pero la ley indica que debe de decidir el tribunal teniendo en cuenta el bienestar del animal, con independencia de quien sea el dueño. Según el caterdrátco de Derecho Civil, "lo mejor es que se quede en la casa familiar y que el miembro de la pareja que ya no vive en el domicilio familiar tenga con la mascota el mismo régimen de visitas que con los hijos, si los hubiera. Si la pareja ni tiene niños, el animal se debería quedar con quien se quede en la casa, aunque habría que estudiar cada caso en detalle".

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