España

La juez mantiene la suspensión de Gorostiaga como pregonero de Llodio

  • Elegido por Bildu, que controla el Consistorio, está en prisión desde 2007 por colaborar con ETA

El Juzgado número 1 de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria ha acordado mantener la suspensión cautelar del nombramiento de Pablo Gorostiaga, ex alcalde de Llodio y que se encuentra preso por colaboración con ETA, como pregonero de las fiestas de esta localidad alavesa. La titular de este Juzgado hizo público ayer un auto en el que acuerda mantener la suspensión cautelar acordada el 7 de agosto en la que establecía que ni Gorostiaga "ni cualquier otra persona en su nombre y representación" podía hacer la lectura del pregón de las fiestas del municipio, previsto para hoy a las 19:00.

La resolución se producía después de que la Abogacía del Estado recurriera a instancias de la Delegación del Gobierno en el País Vasco esa elección al entender que el nombramiento de Gorostiaga atenta contra la dignidad de las víctimas del terrorismo. Ahora, la juez decide mantener esa suspensión cautelar hasta que se dicte sentencia firme al entender que de no hacerlo, "resultaría imposible el cumplimiento de una eventual sentencia estimatoria de la demanda, pues para cuando ésta se dictase, ya se habría celebrado el acto del pregón", lo que provocaría una "situación irreversible" y "perjuicios irreparables".

Además, en su auto, la magistrada rechaza las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Llodio, gobernado por Bildu, que había alegado que la elección de Gorostiaga, condenado en 2007 a nueve años de cárcel dentro del sumario 18/98, seguido contra varias organizaciones del entorno de la banda terrorista, no se debía a su actividad política sino que era un "reconocimiento y aprecio" a quien fuera alcalde de la localidad durante tres legislaturas.

El Ayuntamiento argumentaba que el nombramiento de Gorostiaga era consecuencia de un procedimiento de participación ciudadana" en base a un "cuestionario general", una "asamblea popular" y una decisión acordada dentro de la "comisión paritaria de fiestas" al ser la suya la candidatura más votada.

La juez considera en este caso que "no se puede obviar" que se ha elegido como pregonero a una persona en la que además de las circunstancias mencionadas por el Ayuntamiento "concurre la de haber sido condenado por el Tribunal Supremo en sentencia firme por un delito de colaboración con la banda terrorista ETA y estar actualmente en prisión por este motivo".

Asimismo, la magistrada recuerda al Ayuntamiento de Llodio que una entidad local "no puede actuar en representación o al servicio de grupos colectivos de determinado signo político o ideológico sino al servicio del interés general", y le reprocha que no haya "aportado ninguna prueba" en la que se pueda constatar que tal y como argumenta el Ayuntamiento, la elección de Gorostiaga ha sido consecuencia de un "procedimiento en el que han participado personas de todo el arco político".

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