Tribunales

El juez pide imputar a Mónica Oltra por su papel en el caso de abusos a una menor de su ex marido

  • Quiere aclarar la actuación de la Consejería de Igualdad valenciana en el caso por el que fue condenado su ex marido

  • Sostiene que hay "indicios racionales, serios y fundados" de su participación en una iniciativa para desacreditar el testimonio de la menor víctima de los abusos en un centro público de acogida

Mónica Oltra

Mónica Oltra

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que investigue a la vicepresidenta del Gobierno valenciano y consellera de Igualdad, Mónica Oltra, por la actuación del departamento que dirige en un caso de abusos sexuales a una menor por el que fue condenado su exmarido.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), el juez ha elevado este viernes el preceptivo escrito razonado a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, único órgano judicial capaz de imputar a Oltra por su aforamiento.

En este escrito el juez considera que "no resulta ya posible progresar en la investigación" sin que la vicepresidenta "sea oída como investigada" y cree que existen "indicios racionales, serios y fundados" de su participación en una iniciativa para desacreditar el testimonio de la menor víctima de los abusos en un centro público de acogida.

A la conclusión del proceso contra el ex marido, la menor acosada, representada legalmente por un histórico dirigente de la formación ultra España 2000, y con Vox como acusación popular, ha iniciado un proceso judicial contra la Conselleria por la supuesta omisión del deber de custodia y protección, y para determinar si se produjo un delito en la elaboración de un informe interno -que desacreditaba su versión- sobre lo sucedido.

En dicha exposición razonada, que consta de 71 folios, el juez instructor indica que conoce que la misma sala a la que dirige su escrito ya desestimó en mayo de 2011 una demanda de Cristina Seguí y la Asociación Gobierna-te, por los mismos hechos, y recoge que en su pronunciamiento la sala ya calificó de "sospechosa la actuación del personal directivo de la Conselleria, particularmente de quienes ordenaron y llevaron a cabo lo calificado como instrucción parajudicial".

Ocultar los hechos

En la misma, el instructor cree que "no existió en la Conselleria ninguna voluntad real de esclarecer los hechos, sino, por el contrario, de ocultarlos, con una mera apariencia de actuaciones dirigidas a esclarecerlos".

"¿Cómo podían ser esclarecidos los hechos si jamás nadie preguntó a la niña sobre los mismos en el CAM -Centro de Acogida para Menores-, ni en la Conselleria? ¿Cómo pueden escudarse profesionales experimentados en Psicología en el argumento de que no se aborda el tema con la menor en las entrevistas con la misma para no contaminar su relato? ¿Por qué la niña no fue derivada a un recurso especializado cuando este existía?".

"¿Por qué se trata desde un primer momento de restar credibilidad a la niña? ¿Por qué sin investigación alguna digna de merecer tal nombre se repone a un presunto abusador de una menor tutelada en un servicio al cuidado de menores? ¿Por qué se solicita la versión del educador sobre los hechos una vez reincorporado al trabajo? ¿Si la niña no era creíble, por qué se cambió al educador de planta al reintegrarle al servicio?".

El instructor formula estas y otras preguntas retóricas para evidenciar que "revelan una gestión por los profesionales a los que se viene aludiendo que se califica por sí sola", aunque admite que "no es el momento procesal de profundizar en las consecuencias de la acción o falta de acción a falta de ulteriores diligencias de investigación, esencialmente la declaración como investigada de Mónica Oltra".

A su juicio, "siempre se podrá aducir que cualquiera puede tener errores en su labor profesional, pero todos los funcionarios intervinientes y a la vez, no. No al menos errores de esta envergadura. Ninguno de ellos tenía nada contra la niña ni a favor del educador".

"Desde el punto de vista de la investigación, en modo alguno puede soslayarse que una manera de proceder como la hasta ahora descrita por parte de los funcionarios tuviera que ver con decisiones de la máxima responsable de la Conselleria en la que trabajaban o de la que dependían todos ellos".

Y añade el instructor: "Haciendo caso omiso, de hecho, a la niña, incluso desacreditándola, el beneficiario directo del proceder de los funcionarios era el marido -entonces- de Oltra".

Responsabilidades políticas

Por otra parte, el juez expone que "no puede negarse que los hechos afectaban de forma muy relevante a Oltra no solo en el plano personal, como es obvio, sino también en el plano de sus responsabilidades políticas, ante la carencia de cualquier protocolo en la Conselleria para proceder en supuestos tan graves como el del abuso sexual continuado de una niña tutelada y en tanto que, por esta actuación de los funcionarios a su cargo, no salieron entonces a la luz graves hechos, penalmente relevantes, atribuidos a su marido".

El juez retoma en su escrito una parte clave de la defensa esgrimida por Oltra hasta la fecha, cuando planteó en sede parlamentaria "qué habría pasado si hubiera actuado de otro modo", si "no hubiera movido ni un dedo para ver qué ha fallado".

Y le responde el juez en su escrito: "No hubiera ocurrido nada, porque a eso ya se dedicaba quien por Ley tiene encomendada esa función, que no es otro que el juez de instrucción, una vez judicializadas las diligencias de la Fiscalía Provincial. Y no hubiera ocurrido nada tampoco, como ya se ha dicho, si el expediente -de la Conselleria- se hubiera orientado a ver qué ha fallado o a ver cómo está la joven".

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