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España

El TS no considera delito enviar dinero a la familia de un preso islamista

  • El Supremo estima el recurso de un marroquí condenado a cinco años de prisión

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia en la que absuelve a un marroquí condenado por colaboración terrorista que enviar dinero a familiares directos de presos islamistas para que atiendan a sus gastos mientras éste se encuentra encarcelado no constituye un delito.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia que estima el recurso de Wissan Lofti contra la dictada por la Audiencia Nacional en junio de 2011 que lo condenaba a cinco años de cárcel por recaudar y enviar dinero para un preso islamista, condenado en Marruecos por los atentados de Casablanca en 2003.

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