España

La Audiencia levanta la vigilancia permanente sobre el etarra Iñaki de Rentería

  • El tribunal acusa a la Fiscalía de los errores que han obligado a modificar la anterior decisión

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó ayer levantar la "vigilancia permanente" que había impuesto al ex jefe militar de ETA Ignacio Gracia Arregui, Iñaki de Rentería, que salió de la cárcel el pasado 28 de abril, al rechazar el recurso que había presentado la Fiscalía para intentar juzgarle por el intento de asesinato del Rey en 1995. El tribunal levanta las "medidas aseguratorias y de vigilancia" impuestas al terrorista, que estaba siendo controlado en turnos de 24 horas por la Policía Nacional, la Guardia Civil y la Ertzainza, y anula la prohibición de abandonar el territorio nacional y la fijación de un domicilio fijo que se le habían establecido como medidas cautelares.

La Audiencia adoptó esta decisión después de que la Fiscalía presentara un recurso de súplica al sobreseimiento de la causa que se seguía contra el terrorista. La intención del Ministerio Público era iniciar un procedimiento contra Iñaki de Rentería por ordenar el intento de asesinato del Rey en su yate de Mallorca en el verano de 1995. Para ello, la Fiscalía solicitaba "subsanar el defecto" de la sentencia francesa de extradición para incorporar los delitos derivados de estos hechos o bien acusarle en un nuevo procedimiento 45 días después de su puesta en libertad, en aplicación de la Ley de Extradición Pasiva.

Sin embargo, la resolución judicial recuerda al Ministerio Fiscal, única parte acusadora en el proceso, que manifestó "sin matices ni reservas" su conformidad con el sobreseimiento de la causa, lo que obligó al tribunal a aplicar el principio de "cosa juzgada", tal y como había solicitado el abogado de Iñaki de Rentería.

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