España

La Audiencia Nacional lleva a juicio a Zapata por su tuit sobre Irene Villa

  • Los magistrados Concepción Espejel y Enrique López piensan que ese mensaje ''tiene idoneidad para ofender'' y lo califican de ''discurso ofensivo''.

La Audiencia Nacional ha acordado definitivamente llevar a juicio al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por el tuit que publicó sobre Irene Villa en 2011, al considerar, en contra del instructor y de la Fiscalía, que ese comentario es humillante para todas las víctimas del terrorismo

En un auto, contra el que no cabe recurso, la sección segunda de lo Penal -con el voto en contra del magistrado José Ricardo de Prada- admite los recursos de Dignidad y Justicia y Manos Limpias contra el archivo de esta causa, decretado por tercera vez el 7 de marzo por el juez Santiago Pedraz, que entendió que no había delito porque el edil no pretendió humillar a las víctimas del terrorismo "por mucho que una mayoría crea que unas palabras sean humillantes". 

Pedraz adoptó esta decisión a instancias de la Fiscalía -que ya no acusa a Zapata- y atendiendo a que la frase -"Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcàsser para que no vaya Irene Villa a por repuestos"- fue publicada por Zapata cuatro años antes de ser nombrado cargo público, por lo que la repercusión posterior y "la alarma social" denunciada no era atribuible al concejal. 

Por el contrario, los dos magistrados que han acordado la reapertura del caso y la consiguiente apertura de juicio -Concepción Espejel y Enrique López (recusados en Gürtel por afinidad ideológica al PP)- creen que esa frase "tiene plena idoneidad para ofender" y "no se puede descartar de forma suficiente como para provocar la decisión de sobreseimiento adoptada por el instructor, y en consecuencia debe ser abierto juicio oral". 

En cuanto a la afirmación de Pedraz de que ese comentario estaría amparado en la libertad de expresión, los magistrados recuerdan que, si bien ese derecho "extiende su cobertura a lo que se denomina discurso ofensivo" y permite "sostener valores opuestos a los consagrados por la Constitución", "no se puede negar que existan límites cuya trasgresión puede dar lugar a la generación de responsabilidad" civil o penal

En su voto discrepante, el juez De Prada critica la subjetividad que implica dar por ofensiva esa frase cuando también hay muchos que no la ven así, como la propia Irene Villa, la Fiscalía o el magistrado instructor y el que suscribe el voto particular. 

"Es evidente, por tanto, que la valoración de la frase requiere de su adecuada contextualización. No vale extraerla y dotarle de un significado ofensivo al margen, y menos el propio que cada sujeto quiera darle de acuerdo a su propia ideología o escala de valores morales", expone De Prada

A su juicio, se trata de "una única frase en evidente tono jocoso, pero que no se dirige a nadie en concreto, que hace un chiste fácil, de mal gusto, con referencia a las graves secuelas físicas padecidas por un personaje público, que es una víctima del terrorismo de ETA, pero que está inserta claramente en la subcultura del humor negro". 

Este tipo de humor, prosigue, son "chistes crueles y macabros que utilizan estereotipos humanos, personas o de grupos, como símbolos, pero no auténticas personas, no en su dimensión humana". 

"Este tipo de humor puede no ser compartido, rechazado e incluso censurado por la mayoría de la sociedad que no participa de dicha cultura, pero no puede afirmarse que objetivamente ofendan a nadie ni nadie tendría que darse por ofendido excepto que quiera expresamente hacerlo", concluye. 

El pasado 23 de diciembre, la sección segunda de lo Penal ordenó a Pedraz reabrir esta causa porque el mensaje que publicó Zapata, pese a referirse a una víctima en concreto, entraña "descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares" en su conjunto.

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