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El Puerto

La nueva ordenanza de tráfico local contempla multas de hasta 500 euros

  • La normativa permitirá, una vez aprobada, la puesta en funcionamiento de las cámaras para controlar el acceso de vehículos En esta fase se pueden presentar alegaciones al documento

El pleno municipal daba esta semana el visto bueno a la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora del acceso a vías de tráfico restringido. Esta normativa legal permitirá, tres años después de su instalación, la puesta en funcionamiento de las cámaras de control del tráfico que se sitúan en distintas zonas del casco histórico. Las cámaras, una vez en marcha, procederán a la lectura electrónica de las matrículas de los vehículos que circulen por zonas restringidas y estos datos permitirán a la Policía Local sancionar a los vehículos no autorizados a circular por dichas zonas.

No obstante, aún faltan meses para que la Policía Local comience a imponer sanciones mediante el uso de las cámaras, ya que lo que ahora se ha aprobado en pleno es la ordenanza en su fase inicial, tras lo cual se abre un periodo de un mes para la presentación de alegaciones. Una vez resueltas las alegaciones el texto tendrán que pasar de nuevo por el pleno municipal y una vez aprobado definitivamente, tendrán que ponerse en marcha todos los permisos y autorizaciones necesarios. En el pleno del pasado jueves el concejal de Policía Loca, Carlos Coronado, estimó que probablemente hasta el mes de octubre no esté funcionando de forma definitiva este nuevo sistema. También se ha previsto que una vez en marcha las cámaras, las primeras comunicaciones de la Policía Local a los infractores no sean multas, sino advertencias, durante un periodo de tiempo prudencial que permita a los conductores habituarse a la presencia de las cámaras.

Ya una vez que la ordenanza esté en vigor en toda su extensión, el documento contempla, al menos en esta fase inicial, multas bastante duras en el caso de la utilización indebida de las autorizaciones, o cuando se detecte que ha habido manipulaciones o falsificaciones por parte de los beneficiarios. En estos casos, las infracciones consideradas muy graves pueden sancionarse con 500 euros, conllevando además la posible retirada de la autorización concedida por un periodo de hasta un año. Las infracciones más leves (como el uso de una autorización en una zona distinta a la aprobada) supondrá una multa de 80 euros.

Al margen, los conductores que no disfruten de autorizaciones expedidas estarán sometidos al régimen sancionador general de tráfico, ya que se entiende como una desobediencia a una señal vertical de circulación prohibida, que lleva aparejada su sanción correspondiente.

La casuística que contempla la ordenanza de tráfico restringido es amplísima, aunque se han establecido unas categorías generales para la concesión de las autorizaciones previstas. Así, existirán permisos para residentes; propietarios de plazas de garaje situadas dentro de la zona restringida; arrendatarios de viviendas o plazas de garaje situadas en la zona; usuarios temporales de cocheras o garajes o titulares de establecimientos públicos. Cada una de estas categorías llevará un distintitivo diferente, así como los vehículos de servicios públicos.

También se contemplan autorizaciones específicas para supuestos como el acceso al centro de salud de la calle Ganado por parte de personas con alguna urgencia o con problemas de movilidad, para lo cual habrá que justificar dicha situación, mediante certificado médico, en los diez días siguientes. En cuanto a los establecimientos hoteleros, tendrán que comunicar a la Policía Local por correo electrónico las matrículas de los vehículos de clientes que necesiten acceder a alguna de las zonas acotadas. Asimismo, se contemplan excepciones por los motivos más variados, desde el paso de vehículos de mudanzas a los vehículos joyeros, reparto a domicilio, los eventos lúdicos especialmente autorizados o el acceso a segundas residencias.

Para las bicicletas y los vehículos eléctricos de personas con discapacidad o movilidad reducida no será necesario solicitar ningún tipo de autorización para transitar por las vías restringidas, pudiendo hacerlo libremente durante las 24 horas del día. Los vehículos que superen las nueve toneladas sí deberán solicitar al Ayuntamiento una autorización para acceder a las zonas restringidas.

La gestión de la ordenanza de tráfico, una vez esté en vigor, corresponderá a las Concejalías de Policía local y Mantenimiento Urbano, encargándose la primera de la ordenación y disciplina del tráfico y el control de los vehículos, mientras que la segunda se ocupará del diseño, la construcción, el mantenimiento y modificación de la infraestructura necesaria, incluida la señalización.

Una comisión de tráfico actuará como órgano consultivo y asesor, mientras que las zonas acotadas podrán ser modificadas por decreto de Alcaldía.

Ahora se abre un periodo de un mes para la presentación de alegaciones y ya hay grupos municipales, como el de Independientes Portuenses, que han anunciado su intención de alegar. En el pleno celebrado el pasado jueves, en el que se aprobó la ordenanza de forma inicial, la portavoz de IP, Silvia Gómez, fue la más dura con respecto a la política de peatonalización en el centro, aunque curiosamente el plan de peatonalización del centro se inició con IP en el gobierno local. La formación independiente considera que "la restricción del tráfico en el centro va a suponer la desaparición de la escasa o nula actividad comercial y de ocio del centro" y añaden que "la ciudad precisa de medidas para incentivar a la ciudadanía a acudir al centro. No debemos aprobar ordenanzas que supongan restringir el tráfico y con ello ahuyentar a los ciudadanos", concluyen.

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