Jueves Santo Horarios, itinerarios y recorridos del Jueves Santo y Madrugada en la Semana Santa de Cádiz 2024

Tribunales

Condenan a un banco a devolver 73.000 euros a una empresa portuense

  • La Audiencia Provincial de Cádiz estima que la entidad financiera no informó adecuadamente sobre el producto contratado

Condenan a un banco a devolver 73.000 euros a una empresa portuense.

Condenan a un banco a devolver 73.000 euros a una empresa portuense.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a una entidad bancaria a devolver la cantidad de 73.511,91 euros a una empresa portuense, al entender que el banco no ofreció una información adecuada a la hora de contratar una operación de permuta financiera -swap-.

Tras las liquidaciones negativas de esta permuta, la empresa tuvo que solicitar incluso un préstamo a la misma entidad bancaria para hacer frente a las mismas. Una vez iniciada la ejecución del contrato y tras las liquidaciones negativas recibidas en los años 2009 (1.884,72 euros) y 2010 (7.927,64 euros), la empresa afectaba canceló el swap en enero de 2011 con un coste de 120.684,77 euros. Para hacer frente a este, el Banco de Santander le concedió un préstamo por importe de esa misma cantidad.

La demanda se presentó en mayo de 2017, fecha en la cual las liquidaciones negativas del swap y las amortizaciones del préstamo posteriormente pactado alcanzaban la suma de 73.511,91 euros.

El ponente Antonio Marín Fernández estimó el recurso de apelación planteado y resolvió, pese a estar caducada la acción para anular el contrato de permuta financiera, por vicio del consentimiento al faltar la adecuada información del producto, dejando sin efecto el préstamo concedido para pagar las liquidaciones negativas del swap. La sentencia condena a la entidad a devolver a la empresa 73.511,91 euros, más sus intereses legales.

Se trata de una novedosa línea jurisprudencial de la que la Audiencia Provincial de Cádiz ha tomado vanguardia con recientes sentencias del Tribunal Supremo, siendo este un expediente, el de la responsabilidad por falta de información como la vía alternativa para superar la caducidad, una acción que el despacho de El Puerto de Santa María Oviedo Abogados acumuló a la de caducidad del swap del préstamo concedido para pagar las liquidaciones del contrato.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios