La Dirección General de Seguridad ha dictado las correspondientes normas sobre moral pública en playas, piscinas y lugares de recreo.
En consecuencia y a tenor de dichas normas, queda absolutamente prohibido para los mayores de catorce años el uso del bañador por las calles de los pueblos y ciudades.
También queda absolutamente prohibido para los mayores de catorce años el uso de pantalón corto por los cascos urbanos de pueblos y ciudades, exceptuándose los clubs deportivos y establecimientos de veraneo.
En general no estarán permitidas las manifestaciones de inmoralidad o situaciones obscenas y todo lo que pueda afectar a las buenas costumbres tradicionales en nuestro país. Los encargados de los bailes evitarán las situaciones o conductas obscenas.
Los agentes de la autoridad vigilarán el cumplimiento de estas normas cuya infracción serán sancionadas.
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