Economía

El 20 de octubre, último día para solicitar las ayudas covid en Andalucía para autónomos y pymes

Autónomos de diversos sectores económicos podrán beneficiarse de las ayudas frente a la crisis del coronavirus

Autónomos de diversos sectores económicos podrán beneficiarse de las ayudas frente a la crisis del coronavirus / José Ángel García

La Junta de Andalucía, mediante la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, amplía su plazo de presentación por parte de autónomos y pymes, para solicitar las ayudas para hacer frente a costes fijos ya pagados, deudas y facturas o pérdidas generadas durante el coronavirus hasta el 20 de octubre.

Mediante el portal ayudascovidandalucia.es, el Gobierno andaluz pone a la disposición de sus empresarios para posibilidad de "recuperar la solvencia para que vuelvas a coger impulso", con hasta 1.109M€. Las deudas generadas entre marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 podrán ser salvadas con subvenciones que van desde 3.000 hasta 200.000 euros.

¿A quién va dirigido?

Se encuentran dirigidas a autónomos y empresas de más de 433 actividades económicas pertenecientes al listado de CNAES. 

Se encuentran tramitadas por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y participan todas las Consejerías que cuentan con competencias en el ámbito empresarial del CNAES: Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Cultura y Patrimonio Histórico, y Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

¿Qué gastos fijos ya pagados incluye?

Las subvenciones de la Junta ayudará a recuperar los costes fijos ya pagados que ocurrieran entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, e incluirá los siguientes:

  • Suministros (electricidad, gas, agua).
  • Alquiler de inmuebles (oficinas, depósitos).
  • Seguros.
  • Materiales de oficina.
  • Servicio de Internet.
  • Servicios externos (gestoría, servicios informáticos, vigilancia, limpieza, etc.).
  • Gastos de administración.
  • Gastos financieros.
  • Transporte.
  • Tributos (licencias, tasas municipales).
  • Combustible.

¿Qué requisitos son exigibles?

Para acceder a este tipo de ayudas, los autónomos y pymes deben cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos es pertenecer a alguna de las actividades económicas del listado de la CNAES, acreditando un volumen de operaciones anual declarado o comprobado en 2020 que haya tenido unas pérdidas mínimas de un 30 % en cuanto al año 2019.

También se tendrá en cuenta que los empresarios o profesionales dispongan de un régimen de estimación objetiva en el IRPF de su actividad económica. Para ello se tendrá en cuenta:

  • Cuando se trate de un negocio minorista, debe haber una estimación directa en el IRPF y régimen especial del recargo de equivalencia en el IVA fruto de su actividad económica, por lo cual su volumen de operaciones en el año 2019 corresponderá a la totalidad de los ingresos íntegros fiscalmente computables de su actividad declarados en IRPF. El del año 2020, este será la suma de los ingresos íntegros fiscalmente incluidos en sus autoliquidaciones de pagos fraccionados del ejercicio 2020.
  • En el caso de contar con domicilio fiscal en Ceuta o Melilla, las operaciones se encontrarán exentas de presentar autoliquidación periódica del IVA y no aplique el régimen de estimación objetiva en el IRPF en 2019 y 2020, teniendo su volumen de operaciones en dichos años unos requisitos distintos.

Por otro lado, si es grupo consolidado, con tributación en el Impuesto de Sociedades, el destinatario de las ayudas será la suma de todos los volúmenes de operaciones de las entidades componentes del grupo. Si por el contrario, es una entidad de régimen de atribución de rentas, el destinatario será la entidad según su sede social.

¿Qué plazos tiene y dónde se solicita?

La Junta de Andalucía ha extendido el plazo para la presentación de las solicitudes hasta el día 20 de octubre. La mayor parte de los formularios se realizarán de manera automática, con previa autorización, en función de la información facilitada por la AEAT. 

Para ello, se deberá realizar la cumplimentación de un formulario de manera exclusivamente telemática, en la Oficina Virtual de la Agencia Digital de Andalucía, donde se autoriza a la Junta de Andalucía y a la AEAT a consultar los datos fiscales de la entidad para el cálculo automático de la subvención aplicable en caso de cumplir los requisitos.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios