Cádiz CF

El TSJA rechaza el recurso del ex cadista Cifuentes

  • El jugador madrileño reclamaba al club 793.235 euros por su despido en el verano de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha desestimado el recurso que el ex cadista Daniel Cifuentes presentó contra la sentencia del Juzgado de lo Social, 1 de la capital gaditana, que absolvió al club de todas las pretensiones del jugador referentes a su despido de la entidad, en el verano de 2011, y que concretaba en su demanda en la suma de 793,235,55 euros mas los intereses, lo que de haber prosperado hubiera supuesto un duro varapalo para las arcas del club, que desde hace algún tiempo viven momentos complejos.

El pleito que tuvo varias actuaciones previas a las judiciales, como la irrupción del jugador con un notario en El Rosal, tras su polémica baja, y en el que intervinieron los letrados del Grupo Atela, que dirige el ex secretario general del Cádiz Martín José García Sánchez, se inició por la demanda del jugador al entender que había sido despedido improcedentemente, cuando en realidad, según queda probado tanto en la sentencia del Juzgado de lo Social como en la Sala de Sevilla, lo que se produjo fue una rescisión del contrato por parte de Cifuentes para fichar por el Olimpiakos, y al no llevarse a cabo dicha incorporación fue cuando se volvió contra el Cádiz, pretendiendo regresar a su disciplina, y fue al negársele esto, cuando presento la demanda de despido y la petición de su millonaria indemnización.

Contra esta sentencia, que fue notificada ayer, cabe recurso ante el Tribunal Supremo, en Madrid.

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