Cádiz CF

El TSJA desestima un recurso del ex cadista Álvaro Silva

  • El central reclamaba al club la cantidad fijada en el contrato que firmó para jugar en Segunda A

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por el ex futbolista del Cádiz Álvaro Silva contra la sentencia dictada en 16 de enero de 2012 en el Juzgado de lo Social número 4 de Cádiz. El defensa central firmó por el Cádiz cuando el conjunto amarillo militaba en Segunda División A en la temporada 2009/10. Ambas partes no hablaron de la posibilidad de que el equipo descendiera a la categoría de bronce y para la campaña 2010/11, si la escuadra cadista estaba en Segunda A, se fijó en el contrato una cantidad de 210.000 euros brutos y una prima de contrato del 35%, es decir, 73.500 euros.

Pero el equipo bajo a Segunda División B. Y el club consideraba que con el equipo en el tercer escalón del fútbol español el jugador no podía percibir ese dinero. Hubo negociaciones entre ambas partes pero no llegaron a un acuerdo y la entidad le abonó en Segunda B algo más de 66.000 euros, lejos de la cifra reflejada en su contrato.

Para reclamar el dinero que consideraba que le correspondía, el futbolista presentó una demanda contra el Cádiz ante Juzgado de lo Social de la capital gaditana que fue estimado parcialmente, pero no dejaba satisfecho al jugador, que quería toda el dinero que ponía en el contrato y recurrió al TSJA.

El alto tribunal andaluz desestima el recurso del jugador y explica, entre otras cuestiones, que "no podemos considerar que su retribución esté contemplada en el contrato suscrito por las partes, por lo que no puede generar el derecho a los salarios fijados en el contrato para el caso de que el club participara en los partidos de Segunda A". De ese modo, señala que "nos encontramos ante una laguna contractual que no puede ser suplida". El TSJA considera que con los más de 66.000 euros percibidos por Álvaro Silva en la temporada 2010/11 no tiene derecho a mayor retribución, que es superior a muchos jugadores de la plantilla de esa campaña, cuyas retribuciones oscilaban entre 20.000 y 50.000 euros brutos.

Tampoco considera el TSJA que "nos encontremos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo" del futbolista.

Con esta sentencia -contra la que cabe recurso de casación-, el Cádiz se libra de tener que pagar una importante cantidad de dinero. Los intereses legales del club han sido defendidos por el despacho de abogados de Martín José García.

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