Cádiz CF

El Supremo declara firme la sentencia que anulaba la subasta de las acciones

  • El recurso de Antonio Muñoz no es admitido y ya no cabe apelación alguna.

De Bono, mandamás de Sinergy, y Antonio Muñoz juntos en una rueda de prensa.

De Bono, mandamás de Sinergy, y Antonio Muñoz juntos en una rueda de prensa. / J.P.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha acordado no admitir el recurso de casación ni el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por Muñoz Vera e Hijos SL, Antonio Muñoz Vera y Eduarda Tapia Gómez contra la sentencia dictada el 4 de julio de 2017 por la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección 2ª) a raíz de los autos anteriores de juicio ordinario del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cádiz, por la cual se declaraba la nulidad de la subasta de acciones del Cádiz Club de Fútbol SAD y se ordenaba la restitución de las acciones a Sinergy.

Los tres magistrados del Tribunal Supremo que firman el auto -Francisco Marín Castán, Ignacio Sancho Gargallo y José Luis Seoane Spiegelberg- declaran asimismo firme la referida sentencia, pues contra ella ya no cabe recurso alguno, e imponen las costas a la parte recurrente, integrada por el ex presidente del Cádiz Antonio Muñoz y su familia.

Enrique Rodríguez Zarza, el abogado granadino que representa los intereses de Sinergy, se muestra concluyente tras conocer el contenido del auto del Tribunal Supremo: "Esto no solo ratifica que las resoluciones judiciales anteriores eran correctas sino también que Locos por el Balón y, por tanto, Manuel Vizcaíno son unos okupas dentro del Cádiz que terminarán siendo desalojados".

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