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Cádiz

El recurso por la rebaja del sueldo a los funcionarios no irá al Supremo

  • El TSJA no ha admitido el recurso de casación para la unificación de la doctrina presentado por Autonomía Obrera

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no ha admitido el recurso de casación para la unificación de doctrina presentado por Autonomía Obrera. El TSJA ya dio la razón al Ayuntamiento en su rebaja del 5% al personal laboral después de un primer recurso del sindicato, ya que consideraba que el convenio colectivo debía prevalecer ante el Real Decreto.

El TSJA era paso obligado para la intención de Autonomía Obrera de llevar su reclamación hasta el Tribunal Supremo, pero para ello, según dice la sentencia, "era obligado identificar cuál es el núcleo básico de contradicción, o lo que es igual, la determinación del sentido y alcance de la divergencia entre las resoluciones comparadas, así como las sentencias concretas que se tienen por contradictorias".

El TSJA expresa en su sentencia que "en el supuesto ahora contemplado, no se da cumplimiento al descrito requisito, en lo relativo a la mención de las sentencias supuestamente contradictorias". Continúa diciendo que al ser tal defecto insubsanable "no puede incluirse en el ámbito del artículo 207 de la Ley de Procedimiento Laboral ya que éste ha de ser puesto en relación con el 193, que describe cuales son los defectos subsanables".

El TSJA se muestra tajante e incluso duro con los recurrentes. "Tratándose -dice- también de una omisión injustificada imputable a quien prepara el recurso, en un trámite que, a diferencia de lo que ocurre con el recurso de casación ordinario, exige la intervención de Letrado, según es de ver en lo prescrito en los artículos 206 y 219 de la referida ley; afectando tal omisión a la regularidad de un proceso fundado en el principio de celeridad, con el consiguiente perjuicio para la parte que ha obtenido un pronunciamiento favorable".

Así pues, el TSJA, teniendo por no preparado el recurso de casación para la unificación de doctrina, tiene por firme la sentencia firmada en su día.

Autonomía Obrera pedía al Consistorio gaditano que pagara las diferencias económicas que se originaron desde la reducción de 5% de los conceptos que integran la nómina de su personal laboral. El sindicato insistía en que los recortes sufridos son "anticonstitucionales", mientras que el Ayuntamiento siempre ha defendido que cumplía con la legalidad.

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