Cádiz

El juzgado ratifica la legalidad del contrato de limpieza a Sufi Cointer

  • La juez de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz desestima los recursos de Urbaser y FCC contra la adjudicación que hizo el Ayuntamiento en el año 2006

Las dudas que había suscitado la última adjudicación del servicio municipal de limpieza y recogida de residuos sólidos urbanos han quedado resueltas casi cuatro años después por la Justicia. El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de la capital ha desestimado en una amplia sentencia los recursos que contra la adjudicación presentaron las empresas Urbaser y FCC (que conformaban la UTE que tenía la concesión de limpieza de la ciudad anteriormente).

El conflicto judicial nace en el año 2006 ante el desacuerdo de Urbaser y de FCC por la nueva adjudicación del servicio de limpieza por parte del Ayuntamiento. Ambas empresas entienden que la adjudicación se realiza con numerosos defectos, errores e incluso intereses (uno de los motivos de la impugnación es una supuesta desviación de poder del Ayuntamiento hacia Sufi Cointer, la UTE que consiguió la adjudicación). Ante todo ello, Urbaser y FCC piden que se declare "la nulidad, o en su caso la anulabilidad de la adjudicación, declarando su mejor derecho a ser la adjudicataria del contrato".

Por parte de Urbaser, entre los razonamientos que expuso al Juzgado para que anulara la adjudicación se detallan el rechazo del Ayuntamiento a las ofertas relativas al sistema de carga superior (en la recogida de contenedores en extramuros y la ronda del casco histórico), a la inferioridad de la oferta de Sufi Cointer en diferentes apartados con respecto a lo planteado por Urbaser, a la infracción del pliego de condiciones en cuanto al sistema de baremación, y a la ya citada desviación de poder.

Por su parte, FCC aseguraba que la oferta de la UTE adjudicataria no se ajustaba a los requisitos del pliego de condiciones o se presentaban criterios inferiores a la oferta de FCC (plan de optimización de recursos humanos, plan de organización de servicios especiales, plan de gestión informática, mecanización de los servicios,...).

Todo esto ha sido rechazado por la Magistrada Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Cádiz, que con fecha 25 de marzo de este año -casi cuatro años después de abrir el caso- ha desestimado todos los recursos presentados por Urbaser y FCC, entendiendo que la adjudicación del servicio de limpieza a Sufi Cointer por parte del Ayuntamiento se realizó "conforme a derecho", sin que se condene en costas a ninguna de las partes. Ahora, las dos empresas recurrentes podrán presentar una apelación contra esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Ante esta noticia, el teniente de alcaldesa José Blas Fernández ha mostrado su satisfacción, al afirmar que se ha puesto de manifiesto la diligencia en todo el proceso. En este sentido, conviene apuntar que en caso de que la sentencia hubiera sido contraria a la adjudicación, se habría planteado un serio problema al Ayuntamiento, que habría tenido que abonar una importante indemnización a Urbaser y FCC a la vez que hubiera tenido que suspender el contrato de Sufi Cointer y realizar una nueva adjudicación, con lo que el varapalo económico habría sido sobresaliente.

Ahora, Fernández anuncia que los servicios jurídicos del Ayuntamiento estudiarán posibles demandas contra estas empresas, "contra Urbaser especialmente". Y también contra el PSOE, que en aquel momento denunció públicamente la situación, pidió la paralización de la adjudicación y llegó incluso a vincularla a una relación entre empresarios de Sufi Cointer y el Partido Popular.

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