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Cádiz

El jurado declara por unanimidad que el acusado es culpable de asesinato

  • El veredicto exculpa de encubrimiento a la procesada y estima que hubo un retraso en la causa. La fiscal pide 13 años de cárcel; la acusación, 25; la defensa, 4

El jurado declaró ayer por unanimidad a José María Díaz Cosa, absuelto en 2002 del mismo crimen, culpable del asesinato de Dominga Ramírez Ureba. El tribunal exculpó del delito de encubrimiento a la esposa del procesado. El veredicto considera que la noche del 1 al 2 de noviembre de 1998, el acusado entró a robar en el partidito de su vecina, de 79 años de edad, en la calle Paco Alba, que ella lo sorprendió y que entonces él la apuñaló mortalmente. También estima que después se llevó las joyas de la anciana. Además del delito de asesinato, el jurado cree que Díaz Cosa cometió otros dos delitos: robo con violencia y allanamiento de morada.

El jurado ha valorado como elementos de convicción la declaración autoinculpatoria que prestó el procesado en la Comisaría y también el registro que halló joyas de la víctima en el domicilio del acusado.

El veredicto fue leído por la portavoz del jurado cerca de las nueve de la noche de ayer en el Palacio de Justicia, donde el pasado día 12 comenzó el juicio en el que ambos acusados se declararon inocentes del crimen de La Viña. A la lectura asistió una decena de familiares de la víctima. También acudieron a la sala de vistas familiares de la pareja procesada. Ambos grupos reaccionaron con llantos, unos de emoción y alegría y otros de lamento, al oír el resultado del veredicto. Cuando el magistrado Manuel Estrella le dijo que abandonase el estrado, el lugar que ocupaba como procesada, la esposa del acusado se abrazó a éste llorando. El presidente del tribunal ordenó entonces una interrupción ante el incremento de murmullos y exclamaciones.

Minutos después, con el procesado ya solo en el banquillo, la fiscal, las acusaciones particulares y la defensa cumplieron el trámite de adaptar su solicitud de pena al veredicto. La fiscal mantuvo su petición de 13 años y tres meses con una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Las acusaciones particulares también mantuvieron su petición de 25 años de prisión. Aunque el veredicto estima que hubo un retraso en la causa no achacable a los procesados, lo que ha sido interpretado por la fiscal y la defensa como dilaciones indebidas, las acusaciones consideran que eso no tiene por qué suponer que la sentencia aplique esa atenuante.

La defensa de Díaz Cosa, que había reclamado la absolución, solicitó tras el veredicto 3 años y 7 meses por asesinato, 6 meses por robo y un mes y 15 días por allanamiento de morada. Probablemente presentará ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un recurso contra la sentencia que ahora debe dictar el magistrado Manuel Estrella, quien presidió el tribunal.

La fiscal, que anteayer sorprendió con un alegato final en el que no descartó que la Policía hubiese obtenido con amenazas la declaración auntoinculpatoria del procesado en la Comisaría, insistió ayer en que hubo dilaciones indebidas en el procedimiento y que eso debe beneficiar al acusado con una rebaja de la pena. No tanto por el tiempo que se ha retrasado la causa como por las consecuencias que ha tenido esa demora para el acusado, argumentó.

Una acusación particular le contestó a la fiscal. Dijo que le parece excesiva la rebaja de pena que solicita la Fiscalía por dilaciones indebidas. En modo alguno los perjuicios al condenado deben prevalecer sobre los que sufrieron la víctima, asesinada, y sus familiares, afirmó el letrado.

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