Tribunales Cádiz

Siete años de cárcel por violar a su amiga en un bar de la Punta San Felipe de Cádiz

  • La Audiencia Provincial ve probado que el acusado agredió sexualmente a la joven en el aseo del local.

  • El portero del pub, acusado de cooperador necesario en la violación, ha sido absuelto.

La Punta San Felipe, en Cádiz.

La Punta San Felipe, en Cádiz. / Lourdes de Vicente

"Tenía la necesidad de ducharse varias veces al día". Ésta es sólo una de las numerosas consecuencias que sufrió una chica de Cádiz tras salir de marcha con el que consideraba su amigo el 7 de diciembre de 2018. Ese día, ambos tomaron copas, estuvieron con otros compañeros y acabaron la noche casi de día en la Punta San Felipe. Sobre las seis de la madrugada, ella fue al cuarto de baño de un pub, él la acompañó, entró en el aseo y la violó. Así lo ha declarado probado la Audiencia Provincial de Cádiz, que ha condenado al joven a siete años de prisión por agredir sexualmente a su amiga. 

Asimismo, el tribunal ha absuelto al portero del pub, para el que la Fiscalía pedía siete años de cárcel como cooperador necesario de la violación. La Sección Primera no ve acreditado que el portero se concertara con el ahora condenado para que éste pudiera llevar a cabo la agresión sexual ni que sujetara la puerta del cuarto de baño para que nadie entrase.

Así, la sentencia explica que la víctima, de 18 años a la fecha de los hechos, y el agresor, de 24, mantenían únicamente una relación de amistad, si bien él intentó defender durante la celebración del juicio que con anterioridad a lo ocurrido habían tenido ciertos acercamientos sin que nunca llegara a consumarse el acto sexual; una versión ésta a la que el tribunal no ha dado credibilidad.

El 7 de diciembre de 2018, sobre las 23:30 horas, ambos se dieron cita en la plaza de San Juan de Dios de la capital gaditana y, una vez reunidos, recalaron en dos sitios de copas antes de acudir, cerca de las seis de la madrugada, a un local de la Punta San Felipe.

Una vez en su interior, y transcurridos en torno a unos 15 minutos en los que estuvieron bailando solos y también junto a un grupo de amigos, la víctima acudió al cuarto de baño. El procesado la acompañó so pretexto de sujetarle la puerta, pues no tenía pestillo y, además, no encajaba bien en el marco, razón por la que no cerraba bien.

Cuando llegó su turno, prosigue la resolución judicial, la joven accedió al cuarto de baño. Justo al entrar, notó cómo su amigo se chocó con ella como si alguien lo hubiera empujado hacia el interior. Ella lo echó, pero él fue empujado de nuevo adentro por el portero de la discoteca, que estaba situado junto al cuarto de baño de señoras, justo en el espacio que separa las dos puertas de acceso al cuarto de baño de hombres y mujeres.

Ya en el interior del aseo, de reducidas dimensiones, el ahora condenado, con ánimo de satisfacer su deseo libidinoso y en contra de la voluntad de la denunciante, "la sujetó por el pelo, la empujó contra la pared colocándola encima de la cisterna, le arrancó la ropa y la penetró durante algunos minutos", y todo "a pesar de la oposición verbal de la joven, que le insistía en que la dejara tratando de empujarlo y zafarse de él sin conseguirlo", señala la sentencia.

Después de violarla, el agresor pidió perdón a la víctima varias veces

La chica "nada pudo hacer a consecuencia de la fuerza empleada por su agresor, que aprovechó su propio peso para someterla", dado que la complexión de ella era delgada. La resolución judicial da por probado que la víctima le indicó varias veces a su amigo que parara, incluso gritando, sin resultado. 

Después de la agresión sexual, la joven salió rápidamente del cuarto de baño y se dirigió a la salida del local mientras el procesado la seguía. A la altura de la plaza de San Juan de Dios, ella llamó a su hermano para que la recogiera por el temor que sentía ante la insistencia del acusado en seguirla. El hermano de la denunciante le devolvió la llamada pocos minutos después. Mientras hablaban, "el encausado le pidió insistentemente a su amiga que lo perdonara", especifica la resolución judicial.

A continuación, el agresor acudió a la plaza de San Juan de Dios a petición del hermano de la víctima. En dicho lugar, el procesado volvió a pedir perdón a la chica. Por su parte, el hermano le dijo que no quería volver a verle y que no se acercara más a su hermana.

A raíz de estos hechos, la denunciante experimentó dificultades para conciliar el sueño, pesadillas, necesidad de ducharse varias veces al día durante los primeros días, pérdida de apetito, ataques de llanto, apatía y decaimiento, tendencia al aislamiento y recuerdos intrusivos en relación con los hechos que se han declarado probados. Meses después de lo sucedido, a la joven se le prescribió tratamiento a base de fármacos por un psiquiatra para control de su sintomatología.

Por último, la Audiencia Provincial de Cádiz no ve acreditado que el portero del local, conocido del ahora condenado, se hubiera concertado con él para facilitarle la relación sexual no consentida en el cuarto de baño del bar, ni que tras entrar éste en el mismo en contra de la voluntad de la perjudicada, el portero hubiera sujetado por fuera la puerta del cuarto de baño para que no accediera nadie.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal de la Sección Primera ha decretado que el acusado indemnice a la querellante en 12.000 euros. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. 

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