Cádiz

Doce años de prisión para los autores del homicidio de Segunda Aguada

  • La Audiencia condena a 24 meses de cárcel al tercer implicado en la reyerta por un delito de lesiones y decreta su libertad provisional

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a doce años de prisión a cada uno de los hermanos Miguel y Daniel R.T., conocidos como los Polacos, como autor y coautor, respectivamente, del homicidio de Sebastián M. G. el 16 de abril del año pasado en el curso de una reyerta que se registró en la avenida de Segunda Aguada. La Fiscalía pidió 13 años para cada uno y las acusaciones particulares, 15.

Para el tercero de los implicados, Jonathan M. F., el tribunal ha decretado dos años de cárcel por un delito de lesiones contra Miguel R.T., descartando así el homicidio en grado de tentativa por el que el fiscal le pedía ocho años de privación de libertad, explicó a este periódico Esther Coto, la letrada que ejerció su defensa. La sala ha acordado la libertad provisional por esta causa de este último condenado, quien al igual que los otros dos, se encontraba en prisión preventiva a raíz del suceso.

El tribunal ha considerado como hechos probados que Jonathan M.F. y los hermanos Miguel y Daniel R.T. "se conocen de antiguo, no siendo fácil la relación entre Daniel y Jonathan". Que Daniel le comenta a su hermano que "Jonathan le exige drogas bajo amenazas". Y que "así las cosas, el día 15/4/2016 se produjeron enfrentamientos entre los acusados, agravándose la situación hasta tal punto que decidieron salir con armas blancas a fin de dejar zanjada la situación".

"El encuentro se produjo a primeras horas de la madrugada [...] estando Jonathan acompañado de su amigo Sebastián -prosigue la sentencia- Nada más verse, se enfrentaron, iniciándose una pelea durante la cual Jonathan pinchó a Miguel a la altura del estómago y le clavó en dos ocasiones seguidas el cuchillo que portaba [...] Sebastián le dio un puñetazo en la nariz a Miguel, cayendo ambos al suelo y Miguel clavó a Sebastián el cuchillo que llevaba -de 31 centímetros de largo y 4 centímetros de ancho la hoja- en la espalda con la intención de quitarle la vida". El tribunal concluye que "Daniel conocía que Miguel portaba dicho cuchillo para hacer uso del mismo en el próximo encuentro con Jonathan".

"Miguel, al clavar el cuchillo en la espalda de Sebastián, le afectó el hemotórax [...] produciéndole neumotórax que da lugar a un colapso de pulmón con grave disminución de la capacidad respiratoria, que en minutos le causó la muerte", dan por probado los magistrados.

El tribunal descartó la eximente de legítima defensa alegada por algunos de los letrados, pues se trató de "una pelea libremente aceptada por todos, pues ninguno la rehuyó" y porque "independientemente de quien empezara agrediendo al contrario, el otro, en lugar de evitar el enfrentamiento, lo aceptó y también agredió". Además, los magistrados rechazaron las atenuantes de drogadicción y confesión a las autoridades y/o cooperación con la Administración de Justicia para Miguel R. T.

Los tres condenados en esta causa tienen antecedentes penales por delitos de violencia familiar y de género y algunos de ellos, por atentado, resistencia y quebrantamiento de condena.

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