Cádiz

Acepta cinco años de prisión por abusar sexualmente de una menor

  • El agresor y la víctima, de ocho años de edad, convivían en el mismo domicilio

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un gaditano a la pena de cinco años de cárcel por abusar sexualmente y de manera continuada de una niña desde que ésta tenía ocho años y hasta que cumplió los once. Agresor y víctima residían en el mismo domicilio: él era el hermano del compañero sentimental de la madre de la menor.

El procesado evitó la celebración del juicio toda vez que las partes implicadas en este procedimiento llegaron a un acuerdo. El pederasta aceptó la autoría de los hechos y la acusación particular -ejercida por la familia de la niña- y el fiscal rebajaron entonces sensiblemente sus peticiones de cárcel de quince a cinco años.

El fiscal y la acusación particular pedían 15 años de cárcel antes de llegar a un acuerdo

A la hora de imponer la pena (cinco años, finalmente), el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz no sólo ha tenido en cuenta el reconocimiento de delito por parte del acusado. También ha valorado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas en esta causa.

La sentencia, que ya es firme, da por probado que el ahora condenado, mayor de edad y sin antecedentes penales, convivía con la menor en la misma casa, sita en la capital gaditana.

El inmueble era pequeño, pues contaba sólo con dos habitaciones y un salón, de tal manera que la abuela dormía en el dormitorio principal; la madre y su pareja en el salón; y en la otra habitación, que estaba dividida en dos, el procesado con la menor en unas literas y la hermana con el novio.

La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Gracia Sanz, expone que desde el año 2008 el agresor se ganó la confianza de la chica, que en esas fechas contaba con ocho años, haciéndole regalos y diciéndole que la quería. Así, se aprovechó de la corta edad de la niña para obligarla a que se acostara con él por las noches, consiguiendo que ella le realizara tocamientos y, progresivamente, que ella también se dejase tocar. Finalmente logró tener acceso carnal por vía anal en numerosas ocasiones, para lo que colocaba a la víctima encima de un baúl boca abajo en el dormitorio común que compartían.

Tal y como especifica la sentencia, el adulto intentó penetrar a la niña vaginalmente, si bien no lo consiguió por la desproporción de los miembros. Se sucedieron también abusos sexuales vía oral.

"Estos episodios se produjeron en el domicilio y en la misma habitación, siempre durante la noche, en un periodo de tiempo comprendido entre 2008 y al menos los primeros siete meses de 2011 y con una frecuencia de tres o cuatro veces por semana", relata la resolución judicial.

En septiembre de 2011 la joven se negó en rotundo a convivir con el procesado y éste fue obligado por la familia a irse a casa de su madre, que residía en otro municipio de la provincia de Cádiz.

A consecuencia de estos hechos, la aún menor presenta sintomatología ansiosa con reexperimentación de lo vivido en situaciones de intimidad sexual con su actual pareja, dificultades de concentración y de conciliación del sueño. En la actualidad prosigue en tratamiento por trastorno de estrés postraumático.

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