Andalucía

Diez años de salario para la profesora de Religión despedida por su matrimonio civil

  • El juez ordena al Ministerio de Educación a que readmita a la maestra de Almería

El Juzgado de lo Social número 3 de Almería ha condenado al Ministerio de Educación a readmitir a Resurrección Galera Navarro, la profesora de Religión de Almería que no fue renovada en 2001 tras casarse por lo civil con un divorciado, y a pagarle diez años de salario. La sentencia ha sido dictada después de que Tribunal Constitucional reconociera el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica e intimidad personal y familiar.

El TC anuló una sentencia de diciembre de 2001 del Juzgado de lo Social número 3 de Almería y otra de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que habían desestimado las demandas de la profesora contra el Obispado de Almería, que no la propuso para continuar impartiendo Religión porque no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana.

La nueva sentencia reconoce que la no renovación de la profesora supone no sólo una "vulneración de su derecho fundamental a la libertad ideológica" sino también un "trato discriminatorio por razón de matrimonio que viola el derecho fundamental a la igualdad". Asimismo, resalta que se trata de un "atentado al derecho fundamental de la intimidad personal y familiar de la trabajadora". La resolucióin judicial deja claro que el Ministerio de Educación "realmente actuaba como empresario" y por ello es este organismo al que se debe condenar a la readmisión de la profesora y al pago de los salarios desde la fecha de su despido, es decir, desde hace diez años.

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