Sevilla

Un peatón deberá pagar 35.000 euros al motorista que lo atropelló

  • La Audiencia de Sevilla considera que el peatón "tuvo la culpa" del accidente al "irrumpir" en la calzada por un lugar no habilitado para ello.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a pagar 35.521,47 euros a un peatón que fue atropellado por una motocicleta, al considerar que el peatón "tuvo la culpa" del accidente al "irrumpir" de manera "inopinada" en la calzada por un lugar no habilitado para ello.

Según relata la sentencia, el atropello se produjo "en una vía de circulación rápida con varios carriles de circulación en cada sentido de la marcha, mientras que el peatón atravesaba por un lugar no habilitado para ello y entre vehículos que estaban circulando". 

Asimismo, la Sala añade que "ni de las lesiones causadas ni de ninguna otra circunstancia se puede derivar como acreditado la existencia de una velocidad inadecuada o una distracción en la conducción por parte" del conductor de la motocicleta

En este sentido, la Audiencia Provincial argumenta su sentencia en las declaraciones de los testigos y en lo reflejado en el atestado policial, y tiene en cuenta además el reconocimiento del condenado ante la Policía Local de que cruzó la calzada "de forma rápida y justo delante de un vehículo"

Desestimado el recurso

Por todo ello, considera que "ha de llegarse a la conclusión de que el accidente se produjo por la irrupción inopinada del peatón en la calzada, cuanto menos parcialmente oculto por un vehículo, de lo que se desprende que el atropello fue causado por su culpa y, por tanto, ha de responder de los eventos dañosos ocasionados al conductor del ciclomotor, que ni pudo prever esa irrupción en la calzada ni pudo prevenir el atropello". 

De esta manera, la Audiencia desestima el recurso interpuesto por el peatón, quien alegaba que el lugar por el que cruzó, "aún cuando no sea de paso habilitado para peatones, es una zona frecuentada por éstos, y que el conductor del ciclomotor debió de verlo porque tenía una altura superior a la del vehículo que se hallaba entre ambos". 

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