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Caso de los ERE

Una original forma de instruir

NO hay duda de que la juez Mercedes Alaya se ha convertido en juez estrella, estrellato por ella buscado de propósito. A veces no es el estrellato buscado sino que se alcanza por la importancia del asunto del que un juez conoce y ajeno a su voluntad es. Mas en otras ocasiones el juez aprovecha esa importancia para procurar estar continuamente de actualidad. Es el caso.

Dicho lo anterior, he de decir algo para que mi postura quede clara. Porque me estoy refiriendo a las formas que la juez utiliza y no al fondo del asunto de los ERE, asunto de todo punto repugnante, pues repugna a cualquier ciudadano normal y a cualquier socialista que se precie. No concibo que un socialista --yo lo soy, con carné desde que me jubilé aunque desde hace 45 años he creído siempre en los valores y principios de la sociademocracia europea-, cometa, coopere, ampare o proteja a los autores de hechos, como los sumariales que comentamos y que resta fuerza moral para luchar contra la corrupción, asunto Bárcenas incluido, por ejemplo, en el que la repugnancia alcanza sus cotas máximas. Pero el "y usted más" nunca ha de ser un consuelo; es en todo caso un pataleo.

Llama en primer lugar la atención, la lentitud, buscada de propósito (la larga instrucción motivos da para tal cosa pensar), en la toma de determinadas decisiones y la coincidencia. Cuando las mismas se adoptan, con fechas trascedentes para una organización política, cuando lo que ha de buscarse es el castigo a los culpables del hecho delictivo perpetrado, pertenezcan o no a una organización política y no al partido político del que aquellos, en su caso, forman parte. Esta es la impresión que la instructora está dando, pues la coincidencia puede darse una vez, pero no continuamente, sobre todo cuando públicamente se conoce con antelación la fecha en que se va a celebrar un acto de importancia para esa organización política. Esa es la verdad, guste o no. Afecta ello, reitero, no al fondo del asunto sino a la forma, y si las buenas formas son exigibles en el mundo político, no se entendería su no exigencia en el mundo judicial.

Igualmente llama la atención que se impute a numerosas personas y que después de meses, un año o más, esas personas no sepan por qué están imputadas y ni siquiera se les haya recibido declaración. Hoy la imputación, lo pretendiera o no el legislador, ha alcanzado un fuerte reproche social, como siempre ocurrió con el procesamiento, y la situación creada que comento, aunque posteriormente el asunto sea sobreseído o archivado, causa un mal irremediable y una total y absoluta indefensión, guste o no.

En varias ocasiones he comprobado que comentaristas hay que piensan que la juez, de ninguna forma se ha querido desprender, hasta el presente, del asunto, lo que ocurriría si determinadas personas aforadas fueran finalmente imputadas. Mas he aquí que hace dos días se hace público un auto de la juez -coincidiendo, por supuesto, con la toma de posesión del nuevo Gobierno de la Junta de Andalucía-, inédito en los anales judiciales, pues en 40 años que he ejercido de fiscal, nunca he visto algo semejante.

En efecto, conforme a la interpretación correcta de la ley, tan pronto un juez considera que hay indicios racionales contra un aforado, debe cesar inmediatamente en la instrucción e inhibirse al órgano competente para en su caso juzgar al mismo. Podrían citarse numerosos casos a lo largo de la historia judicial, pero recordemos el tal vez más conocido y de gran repercusión judicial y política. Cuando el juez Garzón, tan alabado entonces como vilipendiado ahora por algunos, llegó a la conclusión de que existían indicios contra José Barrionuevo en el asunto de Segundo Marey, cesó automáticamente en la instrucción y remitió lo actuado al Tribunal Supremo. Su Sala 2ª, tras oír al fiscal, nombró un instructor, el magistrado Eduardo Moner, quien fue por él procesado y posteriormente juzgado y condenado por la Sala.

La juez, en consecuencia, debe dejarse de juegos malabares y equilibrios circenses, y remitir lo actuado al Supremo para que decida si existen tales indicios. En caso afirmativo se quedará con la causa y en caso contrario devolverá la misma a la juez para que siga instruyendo, olvidándose de los aforados. Leo que el Ministerio Fiscal está meditando si recurre el tan traído y llevado auto judicial. Bueno es, aunque transcurridas ya 48 horas, a mí me hubieran sobrado 46 para recurrirlo.

Lamento como ciudadano y socialista que haya ocurrido lo de los ERE. Pero deseo que todo llegue a buen puerto, que se castigue a los culpables, cualesquiera que tales fueran y que apoyemos a la juez Alaya en la instrucción, pero cumpliendo siempre escrupulosamente la ley y guardando en todo caso las formas, lo que procesalmente tiene gran importancia, y que hasta ahora sólo en parte viene ocurriendo. Seguro estoy que la mayor parte de los fiscales y de los jueces piensan lo mismo, con alguna que otra excepción como puede ser la del juez Zoido, mejor dicho el alcalde de Sevilla, al que el auto de marras le ha parecido magnífico, siendo recomendable que nos cite los antecedentes que conozca, pues nunca es tarde para aprender lo que se desconoce.

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