El asesinato de Marta

El juez que investigó el crimen de Marta instruirá la nueva causa contra Carcaño por su "crueldad" con la familia

  • El magistrado Francisco de Asís Molina tendrá que abrir unas nuevas diligencias previas y tomar declaración de nuevo al asesino confeso.

El juez de Instrucción número 4 de Sevilla, Francisco de Asís Molina, que investigó el asesinato de Marta del Castillo, será el encargado de abrir las nuevas diligencias previas contra el asesino confeso, Miguel Carcaño, por un delito contra la integridad moral por su "crueldad" con la familia de la víctima, en relación con la penúltima versión de los hechos, en la que atribuía el crimen a su hermano Javier Delgado y sostenía que enterraron el cuerpo en la finca Majaloba de La Rinconada.

Fuentes judiciales han explicado este lunes que el juez Molina, de acuerdo con las normas de reparto del decanato de los juzgados de Sevilla, será el encargado de investigar la nueva causa, que se produce después de que la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla diese la semana pasada carpetazo a esta penúltima versión de los hechos. Ahora el magistrado incoará en los próximos unas diligencias previas por delito contra la integridad moral y tendrá que tomarle declaración de nuevo a Carcaño, aunque esta declaración podría realizarse por exhorto dado que el asesino confeso está actualmente cumpliendo condena en la prisión de Herrera de la Mancha (Ciudad Real).

La Audiencia de Sevilla confirmó la semana pasada el archivo de la causa abierta contra Javier Delgado, el hermano del asesino confeso de Marta del Castillo, Miguel Carcaño, tras su penúltima versión del crimen -la séptima que ha dado en cinco años- y en la que éste le hacía responsable del asesinato y aseguraba que habían ocultado el cuerpo en la finca Majaloba de La Rinconada, una versión ya descartada por la Policía, que ahora busca el cuerpo en una escombrera de Camas.

Un auto de la Sección Tercera de la Audiencia decidió ratificar el archivo de la causa y deducir además testimonio contra Miguel Carcaño por un posible delito contra la integridad moral, por la "crueldad" y el sufrimiento causado a la familia con estos nuevos cambios de versión, que provocan "inseguridad y angustia en quien no puede conocer el destino final de su hija". 

El tribunal señaló que, aunque Carcaño ya fue condenado por el Supremo a un año y tres meses de cárcel precisamente por un delito contra la integridad moral, "no debe caer en saco roto este nuevo intento de distracción y ocultamiento de la realidad que, indiciariamente, se aprecia en la nueva declaración de Miguel Carcaño, realizada de forma premeditada que se nos presenta como un juego de quien quiere mantener un infausto protagonismo y no quedar relegado al olvido".

El magistrado Ángel Márquez, que ha sido ponente del recurso, explicaba en ese auto que el asesino confeso, al ofrecer una nueva localización del cuerpo –en alusión a la finca Majaloba- ha provocado otra "búsqueda infructuosa" y un consiguiente "desengaño y mayor padecimiento a los perjudicados, merecedor de un nuevo reproche que justifica nuestra decisión de deducir testimonio de estas actuaciones e incoar contra él un procedimiento por delito contra la integridad moral".

El tribunal avala por completo la decisión del titular del juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla, Francisco de Asís Molina, quien archivó inicialmente el procedimiento, asumiendo los "amplios y razonados fundamentos" del instructor. Los magistrados de la Sección Tercera indican que la búsqueda en Majaloba tuvo una especial repercusión en los medios de comunicación que, "desgraciadamente, se ha visto incrementada por la actuación antisocial, despreciativa y burlesca del inculpado”, que ya fue castigado por un delito contra la integridad moral por el Tribunal Supremo.

En cualquier caso, la Audiencia de Sevilla considera que la nueva línea de investigación estaría justificada si se aportaran datos objetivos, ya fueran de directa imputación al hermano de Carcaño, o periféricos de las manifestaciones contenidas en el atestado policial,  que las "corroboraran e hicieran mínimamente creíbles". Pero advierte que si esta versión se basa en una "nueva narración" de los hechos de Miguel Carcaño que se "antoja a todo punto inverosímil, inaudita e inaceptable, máxime cuando determinó sin éxito otra búsqueda del cuerpo de la menor debido a las imprecisiones ofrecidas por él", en alusión al rastreo en la finca de La Rinconada. 

 

Los jueces recuerdan asimismo que Carcaño ha vuelto a indicar “otra ubicación del cadáver, determinante de otra exploración de terreno que tampoco ha resultado positiva [en referencia a la búsqueda en la escombrera de Camas], lo que hace que su posición deba obtener una nueva respuesta jurídico penal, acorde con el maltrato, zozobra y padecimientos que provoca en los perjudicados”.

 

El tribunal insiste en que la "mera declaración" del asesino confeso no permite sostener la reapertura de la causa "y más cuando la misma, como bien se encarga de exponer el instructor, es ilógica, absurda y no está apoyada en dato objetivo alguno".

El 3 de mayo de 2013, el titular del juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla, Francisco de Asís Molina, archivó las diligencias abiertas por un delito de homicidio contra Francisco Javier Delgado, al que Carcaño acusó de haber dado muerte a Marta con la culata de una pistola. En un auto, el juez Molina criticó la "nula credibilidad" del asesino confeso y calificó de "inverosímil y fantasiosa" su séptima versión del asesinato. Según el magistrado, el relato que Carcaño hizo a la Policía en una declaración en prisión es "inconsistente, ilógico e increíble".

 

El instructor recordó entonces que la credibilidad de Carcaño era "nula" y lo argumentaba de la siguiente forma: “quien desde una conducta de extrema crueldad ha sido capaz de mentir tantas veces, facilitando a su antojo versiones tan distintas sobre los hechos y posee una mente manipuladora según se deduce del informe de los médicos forenses, no puede recibir hoy de manera tan gratuita tamaño reconocimiento", sobre todo, continuaba el magistrado, después de haber dado tantas versiones "variopintas" sobre el destino del cuerpo y en las que ha incriminado "a su antojo al menos y a Samuel, según conviniera", además de haber “intentado -o simulado- quitarse la vida en prisión".

El tiempo le ha dado la razón a este magistrado por cuanto, tan sólo unos meses después, Carcaño aceptó someterse a la prueba del Potencial Evocado Cognitivo, P-300 o test de la verdad, lo que ha llevado a la Policía a cambiar el escenario de la búsqueda, trasladándolo a la escombrera de Camas donde el asesino confeso, en una octava versión -que no ha sido recogida en ninguna declaración oficial-, sostiene ahora que se deshicieron del cadáver. Esta búsqueda tampoco ha sido positiva, por el momento.

La Audiencia ha desestimado, por tanto, el recurso que presentó la acusación particular que ejercen los padres de Marta, Antonio del Castillo y Eva Casanueva, quienes habían propuesto la práctica de una serie de pruebas para tratar de acreditar la séptima versión, pero cuya práctica los jueces no consideran necesaria. Así, la Sección Tercera ha rechazado que se impute a Miguel Carcaño por un delito de encubrimiento, por las labores de desaparición de la menor, cuando considera que ya fue condenado por un delito de asesinato.

También descartó el careo solicitado entre Miguel Carcaño y su hermano Javier Delgado, porque la experiencia demuestra la "inutilidad de dicha prueba para el esclarecimiento de los hechos, y el carácter excepcional que le otorga el legislador", y tilda de "totalmente innecesario" conocer el tratamiento psicológico y psiquiátrico al que está sometido Carcaño en prisión. 

De la misma forma, rechaza que declare una de las abogadas de Carcaño, Mónica Gallardo, que “no fue testigo ocular de hecho alguno relacionado con dicha imputación" y tampoco entiende "procedente" el informe interesado de la Policía Judicial como ampliación del atestado, y menos, cuando "no se refiere a hechos de los que tienen conocimiento por haberlos presenciado sino a opiniones y valoraciones que corresponden hacerlas a los órganos judiciales competentes para el conocimiento de la causa".

Y los jueces califican de "inútiles" las diligencias solicitadas para conocer la situación económica de los hermanos, al tiempo que rechaza la práctica de otras declaraciones de testigos.

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