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Símbolos andaluces

El escudo del presidente pretende “meter un elefante por el ojo de una aguja”

  • “Causa sonrojo” que se regule siete meses después de conocer la demanda

  • La alegación de la Junta “exacerba la condición de súbditos de los ciudadanos”

Diferencias entre los dos escudos, según los recurrentes

Diferencias entre los dos escudos, según los recurrentes

El abogado de las 73 personas que han pedido al TSJA que anule el escudo modificado utilizado por el presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno Bonilla, afirma en sus conclusiones definitivas que el gobierno andaluz pretende “regular siete meses después, tras conocer la demanda, una actuación de hecho”, lo que “causa sonrojo” y equivale a “querer meter un elefante por el ojo de una aguja”.

En su escrito al alto tribunal andaluz, al que tuvo acceso este periódico, el bufete Legalcores critica la alegación de que en enero de 2021 se reguló el Diseño Gráfico de los símbolos de la Junta porque el hecho de aprobarlo “siete meses después de la alteración del escudo” no elimina “obviamente el hecho de que anteriormente el señor presidente hubiera utilizado ese distintivo sin ninguna cobertura jurídica”.

El argumento de pérdida del objeto “causa un poco de sonrojo, porque legislar para regular una actuación de hecho, después de tener conocimiento del recurso interpuesto” y pedir su desestimación “resulta un uso del poder legislativo que ni es ortodoxo, ni elegante ni legal con los ciudadanos de los que emana ese poder “.

Es como sí, jugando un partido de fútbol, uno de los equipos tuviera la facultad de cambiar las reglas de juego sobre la marcha: ganaría siempre, añade el escrito del abogado David Rodríguez Suárez sobre el que se pronunciará el TSJA.

Un escudo “con más o menos gusto creativo”

Añade que la Ley del Gobierno de la comunidad autónoma establece que uno de los derechos inherentes al cargo de presidente es hacer uso de la bandera y escudo de Andalucía, pero tener derecho a usarlos “no otorga el poder de modificarlos” y “obviamente no le faculta, bajo ningún término, para hacer de ninguno de esos símbolos su propia composición con más o menos gusto creativo”.

Niega además que el emblema utilizado por Moreno Bonilla sea una “modalidad simplificada” del escudo oficial y adjunta un diseño de ambos para afirmar que ello equivale a "forzar el significado de las palabras" con tanta intensidad "como querer meter a un elefante por el ojo de una aguja”.

“Corona de laurel como símbolo de victoria”

Lo mostrado por el presidente en una rueda de prensa de mayo de 2020 no es un logo simplificado sino “un escudo auto confeccionado unilateralmente” al que se quitó un elemento histórico, el lema “Andalucía por sí, para España y la humanidad “ y se añadieron tres elementos nuevos: una corona de laurel, “corona triunfal entregada como recompensa a poetas, deportistas y guerreros en la antigua Grecia y Roma, manteniéndose como símbolo de la victoria hasta nuestros días”, una corona real española y la identificación de “Presidente de la Junta de Andalucía”. Es decir, “se cercena una parte muy importante” del escudo original.

La Junta “reduce a los ciudadanos a la condición de súbditos”

Sobre los  73 recurrentes -encabezados por los líderes del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT)- el escrito de conclusiones dice que la argumentación de la Junta de que carecen de  legitimación “debilitaría su condición de ciudadanos y exacerbaría la de súbditos”.

Recuerda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para afirmar que el escudo “es el símbolo de ese cuerpo moral y colectivo formado por todos los andaluces y andaluzas”,  simboliza “el pilar mismo de nuestro modelo de convivencia, la soberanía popular, de la que emanan todos los poderes: el legislativo que estableció dicho símbolo, el ejecutivo que lo ha alterado y el judicial que ahora va a juzgar esa alteración”.

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