Andalucía

Los diputados podrán delegar el voto o ejercerlo por vía telemática

  • La medida se aplica sólo a los parlamentarios ausentes por maternidad o paternidad

Los parlamentarios andaluces podrán delegar su voto o ejercerlo de forma telemática en casos de ausencia por maternidad, paternidad o adopción, o en supuestos de enfermedad o incapacidad prolongadas. Así lo aprobó ayer el Pleno, tras varios intentos de conseguir un acuerdo sobre esta situación, en la Mesa de la Cámara y en la Junta de Portavoces.

La aprobación plantea dos posibilidades para que los diputados ausentes por maternidad, paternidad o enfermedad prolongada emitan sus votos: la vía telemática y la delegación de voto.

En el primer caso, la Presidencia del Parlamento tendrá que implantar el procedimiento tecnológico que permita a los diputados ausentes votar mediante las nuevas tecnologías. Para delegar el voto bastará con que los afectados manden a la Mesa un escrito con el nombre del miembro en quien delega, de los debates y las votaciones en las que habrá de ejercerse y el periodo de duración.

Sin embargo, para la delegación de voto bastará con que los afectados remitan a la Mesa un escrito en el que haga constar el nombre del miembro de la Cámara que recibe la delegación, así como los debates y las votaciones en las que habrá de ejercerse y el periodo de duración.

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