Cofradías de Pescadores

Archivada la querella por ocho delitos en la Cofradía de Pescadores de Sanlúcar de Barrameda

  • El juez atribuye la denuncia a “desavenencias” y la voluntad de “derrocar” al patrón mayor

Puerto de Bonanza

Puerto de Bonanza

El juzgado número 3 de Sanlúcar de Barrameda ha archivado la querella de la Cofradía de Pescadores de la localidad contra su anterior patrón mayor, José Antonio Díaz León (2016-2019). Lo que se denunciaron como ocho presuntos delitos por sobresueldos, salarios encubiertos, contratar a familiares y asumir funciones que no le correspondían son simplemente, según el juez, “meras desavenencias en la gestión” de la cofradía y un intento de derrocarle de su puesto.

En un auto al que tuvo acceso este periódico, el juez decreta el archivo porque “lo único que ha quedado probado” tras la investigación y declaraciones practicadas es “la existencia de un conflicto entre la Cofradía de Pescadores y su anterior presidente en relación a la gestión llevada cabo por éste y que le llevó a perder su puesto tras unas elecciones”, pero sin que se haya “puesto de relieve conducta alguna que tenga encaje típico en una conducta penal”.

Un “ardid” para amedrentarle en la reelección

Miguel Ángel González Saborido, abogado del patrón mayor denunciado, rechazó desde el primer momento la querella como un intento de “amedrentar” a su cliente para que no se presentase a las inminentes elecciones del 4 de julio de 2020 y ahora insiste en que “no era más que un ardid para que no pudiera presentarse”.

“El sobreseimiento y archivo es consecuencia de la nula base indiciaria aportada en la denuncia, que no ha podido ser enriquecida a lo largo de la instrucción”, según el abogado.

Confusa querella y un auditor que no comparece

Afirma el juez que “de la confusa redacción de la querella inicial y de lo instruido” no se deduce “ningún atisbo, ni siquiera indiciariamente, de los hechos denunciados, esto es, malversación, administración desleal, falsedad documental, prevaricación, cohecho y otros delitos”.

Lo único que se ha demostrado son las “meras desavenencias en la manera de gestionar la cofradía en cuestión y la voluntad de ésta de derrocar a su presidente por no compartir su gestión, sin que el mero hecho de que exista una pre auditoría de parte, que ni siquiera comparece al ser imposible su citación, suponga per se y aisladamente considerados la comisión de los hechos denunciados”, mantiene el juez Alexander Codes.

Entre otros, Díaz León fue acusado de contratar a dos hijos suyos, dos yernos, un cuñado y otro familiar, pese a que según la defensa fueron contratados durante el mandato del anterior patrón mayor. Además le imputaron “asumir en su persona competencias que no le correspondían”, llevar a cabo “desviaciones presupuestarias por encima de los techos de gasto” y no informar de las modificaciones superiores al 20% a la consejería de Agricultura, según lo previsto en los Estatutos.

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