El quinto juicio de Invercaria / Los préstamos a Cedes

El fiscal pide la condena por los préstamos a Cedes porque se dieron sin análisis ni procedimiento

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido este martes la condena para cuatro acusados en el quinto juicio de Invercaria, en el que se investigan los préstamos a Cedes Electria por importe de 1.550.000 euros, al considerar que los mismos se otorgaron sin haber realizado ningún análisis ni sometido a procedimiento alguno.

El fiscal delegado de Anticorrupción Fernando Soto ha asegurado en su informe de conclusiones ante los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que el proyecto de Cedes Electria en el fondo "no es más que un eufemismo para encubrir el favorecimiento a unos señores y unas sociedades", y ha señalado que tratándose de dinero público "no concibe que haya una sola decisión para que salga un sólo euro si no es conforme a un procedimiento establecido".

Así, ha afirmado que no existía otra posibilidad que no fuera que Invercaria "hubiera analizado el proyecto" antes de proceder a realizar la inversión, pero esto no se llevó a cabo ni en el departamento de Promociones ni de Inversiones de la sociedad pública de capital riesgo andaluza, y también ha rechazado que ese análisis previo se realizara en la consejería de Innovación, como había sostenido en el juicio el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo. "Es absolutamente falso" que el proyecto se estudiara en el Observatorio de la Consejería, ha dicho el fiscal, quien ha señalado que el plan de negocios se elaboró con posterioridad a la concesión de la ayuda.

Tras haber retirado la semana pasada los cargos contra uno de los acusados -el que fuera consejero de Invercaria Bienvenido Martínez-, el fiscal mantiene la acusación contra los otros cuatro acusados en esta pieza de la macrocausa de Invercaria: el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y la vocal del consejo de administración Isabel de Haro Aramberri, a los que reclama 10 años de inhabilitación y seis años de prisión, y los consejeros de Cedes Federico Mañero y Enrique García, para los que se reclama una condena de dos años y medio de cárcel como inductores de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

En sus conclusiones, el fiscal ha destacado el papel "protagonista" de Isabel de Haro en la salida de los fondos públicos, al afirmar que fue ella quien recibió al presidente de Cedes, José Luis Manzano -ya fallecido-, y lo llevó al consejero de Innovación Francisco Vallejo, y ha añadido que De Haro participó directamente en el consejo de administración de Cedes "de forma ilegal", por cuanto "una autoridad pública participa en una entidad privada, con una colisión de intereses singular".

Para el fiscal, esta consejera era "consciente" de que el prototipo de aerogenerador no era propiedad de Cedes y a pesar de ello se concedieron 700.000 euros "a sabiendas de que no iban a Cedes sino a un testaferro", y así ha tildado la conducta de esta acusada como de una "absoluta pasividad" porque frente al desplazamiento de los fondos públicos "no hace nada", al tiempo que ha considerado que es también "obligación" de los consejeros vigilar lo que hace el presidente y consejero delegado. "Nada hizo por evitar el desvío patrimonial, sino que lo consintió", ha aseverado.

Sobre Tomás Pérez-Sauquillo, el fiscal ha dicho que fue quien "ordenó" que el procedimiento se sustrajera de los departamentos de Promoción y Análisis de Invercaria, siendo consciente de la concesión sucesiva de las ayudas.

Respecto a los otros dos acusados, Federico Mañero y Enrique García, ha dicho que su participación "no es inocua", que actuaron como "testaferros para obtener financiación para Cedes" y ha dicho que la participación de uno de ellos "no se entendería" sin conocer su pertenencia al mismo partido político que gobernaba entonces la Junta de Andalucía, en alusión al PSOE.

La Fiscalía sostiene en este juicio que los fondos públicos se emplearon en proyectos de terceros, entre los que destaca el proyecto Electria Wind y Eolincyl”, por cuanto Cedes con la única financiación del caudal público andaluz costeó la totalidad de los proyectos Electria Wind y Eolincyl “a cambio de nada, pues nada obtuvo finalmente”, y no se obtuvo ningún resultado, por lo que ha calificado este proyecto como "la historia de un auténtico despropósito".

El fiscal ha ironizado al afirmar que "si tan importante y visionario era el proyecto" en el ámbito de las energías renovables, no se entiende que "no fueran capaces de construir una fábrica en Aljaraque (Huelva)" y que los dos socios "se marcharan a la primera de cambio vendiendo sus participaciones por 326.000 euros, por unas acciones que valen cero, porque Cedes valía cero", ha insistido.

Se refería el fiscal de esta forma a las declaraciones de muchos testigos que han destacado la excelencia del proyecto que representaba Cedes en el campo de las energías renovables, como el propio presidente de Repsol, Josu Jon Imaz, porque "la participación de Repsol es inexistente" en esta iniciativa.

La actitud "renuente y obstruccionista" de Invercaria

En su informe, el fiscal también ha criticado la actitud "renuente y obstruccionista" de Invercaria en relación con la colaboración con todos los estamentos públicos, como la propia Intervención de la Junta la Cámara de Cuentas, la Fiscalía, o el juzgado de Instrucción, ha dicho el fiscal, que ha añadido que se han dedicado a "rehacer expedientes" e "inventar cosas" y ha dicho que "cualquier gestor diligente si descubre testaferros debería haber procedido a levantar el velo".

El fiscal ha concluido su informe asegurando que existen "indicios solidos para fundamentar la condena, dada la entidad de la cuantía y de la defraudación que se ha llevado a cabo".

Por su parte, la acusación popular que ejerce el PP también ha solicitado la condena porque, según ha manifestado el letrado Wenceslao Moreno, en esta inversión de Invercaria "nunca ha existido ningún resultado", señalando que en este caso se ha producido una decisión "arbitraria" para el empleo de los fondos públicos cuando dicha decisión se ha adoptado "absolutamente sin ningún informe y sin ningún tipo de criterio".

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