macrocausa de los cursos de formación

Vilaplana archiva una causa contra cuatro ex directores generales de Formación

  • El juez acuerda el sobreseimiento a instancias de la Fiscalía Anticorrupción y de la Junta de Andalucía, que no han apreciado delito en las subvenciones.

  • La acusación popular que ejerce el PP no formuló alegaciones ante la petición de archivo, dice el instructor.

La UCO de la Guardia Civil durante la operación en el Consorcio Ciomijas.

La UCO de la Guardia Civil durante la operación en el Consorcio Ciomijas. / EFE

Un nuevo auto de archivo acordado por el juez José Ignacio Vilaplana. Si hace unos días el instructor de las macrocausas dio carpetazo a la investigación de las transferencias de la agencia Idea, Vilaplana ha decidido el sobreseimiento de una pieza de los cursos de formación en la que estaban investigados cuatro ex directores generales de Formación, en relación con las subvenciones concedidas al consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio (Ciomijas), que en el año 2016 fue objeto de unas de las operaciones por parte de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil.

En concreto, en esta pieza de la macrocausa de la formación había seis personas investigadas, entre ellas los ex directores generales de Formación María José Lara, Andrés Sánchez, Manuel Brenes y María Teresa Florido, esta última representada por el abogado Jon Ander Sánchez, y también estaban imputadas la presidenta de la UTE compuesta por GDT Asesoramiento Empresarial y Residencial Torrealmádena, y José Gutiérrez, director gerente del consorcio.

La causa se abrió, según explica el juez en el auto, al que ha tenido acceso este periódico, por la presunta ilicitud en el proceso de concesión, gestión, justificación y liquidación de subvenciones destinadas a formación para el empleo concedidas por la dirección general de formación para el empleo al Consorcio Ciomijas, que en los años 2009, 2009 y 2010 recibió subvenciones de más de dos millones de euros cada ejercicio para la realización de cursos de formación.

En marzo pasado, la Fiscalía Anticorrupción presentó un informe pidiendo el archivo provisional de las actuaciones y en el mismo sentido se pronunció la acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía, mientras que la acusación popular del PP "no ha formulado alegaciones", precisa el juez Vilaplana, quien tras analizar estas peticiones llega a la conclusión en el auto de que "no parece debidamente justificada la perpetración de los posibles delitos de prevaricación, fraude de subvenciones y malversación de caudales públicos" por los que se abrió esta pieza.

Dice el instructor que de las pesquisas desarrolladas "no resultaría claridad suficiente para entender concurrentes los elementos objetivos y subjetivos que integrarían el correspondiente tipo penal, teniendo en cuenta, entre otros motivos, el principio de intervención mínima del Derecho Penal. Así, no se apreciaría una conducta delictiva orientada finalísticamente a la producción de resultado de naturaleza delictiva alguna en el comportamiento y los hechos denunciados, sin perjuicio de las acciones administrativas, bien de reintegro, bien sancionadoras, que pudieran ejercitarse por parte de la Administración competente".

Para el magistrado, en estas condiciones "no sería posible deducir una actuación netamente contraria a los intereses y fines públicos a cuya verificación se habrían destinado las subvenciones objeto de las presentes actuaciones, así como una actuación absolutamente opuesta a la disciplina reguladora de la concesión de este tipo de subvenciones, determinante de una administración desleal, desviada o fraudulenta de las subvenciones y de los fondos públicos comprometidos y dispuestos", por lo que, coincidiendo con la postura de la Fiscalía y de la Junta, acuerda el archivo de las actuaciones.

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