Andalucía

El Tribunal Supremo dicta que el hotel del Algarrobico no se puede edificar

  • La sentencia, que subraya la necesidad de dotar de una mayor protección al entorno natural, hace hincapié en que la construcción del establecimiento provocaría un "efecto devastador" en la zona

El hotel del Algarrobico está más cerca de dejar de ser uno de los más citados en los ejemplos de urbanismo salvaje en España. La sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Junta contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en la que se exigía un nivel de protección mayor del lugar con la derogación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de 2008, en favor del anterior de 1994 que concedía una mayor restricción al considerar que la zona no era edificable. Dicho claramente, lo que ayer decidió el Alto Tribunal fue proteger la zona de un "efecto devastador" contra su entorno natural y esgrimió para ello el "interés público en proteger el medio físico". El auto es contundente cuando afirma que "la zona queda mejor amparada con el PORN de 1994 que otorga más intensa y mejor protección ambiental".

En el largo camino judicial emprendido entre las administraciones (local, regional y nacional) y la empresa promotora del establecimiento hotelero (Azata del Sol) con las organizaciones ecologistas (impulsores de unas actuaciones destinadas a paliar el daño ambiental realizado en las costas almerienses), el de ayer es un paso fundamental a la hora de encarar futuras sentencias. Primero, por ser el organismo que la ha dictado creador de jurisprudencia, y segundo, porque no cabe un recurso ordinario ante ninguna instancia.

Lo que es incuestionable es la voluntad del Supremo de "aumentar la protección del entorno" por encima de la intención de la Administración autonómica de "urbanizar la zona", al menos en un primer momento. La actuación de la Junta en el caso del Algarrobico ha estado dominada por los vaivenes. Pese a que en los últimos años ha apuntado más al derribo del hotel de la manera más rápida posible, en enero de 2003 la Consejería de Turismo autorizó el hotel y pocos días después era la de Salud la que daba su preceptivo visto bueno. En mayo de ese mismo año se rizaba el rizo de la indefinición y Medio Ambiente otorgaba su calificación de "ambiental" al establecimiento. Las obras del hotel de más de 400 habitaciones comenzaron ese mes. En enero de 2004 se aprobó el Plan de Desarrollo Sostenible de Cabo de Gata, que promovía la construcción de instalaciones hoteleras en las zonas calificadas como "edificables" dentro del parque natural.

En febrero de 2008 se aprueba el nuevo PORN de la zona, documento que el Supremo ha echado abajo ahora en esta resolución, fomentada por la organización ecologista Greenpeace, que recurrió la intención de la Junta. El TSJA había acordado "mantener el grado de protección" porque "los criterios de ordenación para estas áreas orientan a preservar la interacción armoniosa entre el poblamiento del parque y su naturaleza, promover actividades económicas compatibles con el desarrollo sostenible, fomentar la regeneración de áreas degradadas y favorecer su lectura en términos de conectividad ecológica y social". Sin embargo, el recurso de la Administración autonómica para hacer valer sus planteamientos recogidos en el texto de 2008, a juicio del Supremo constituye un intento de "plantear la posible producción del efecto devastador alegado por la parte recurrente (Greenpeace) en relación a la construcción del establecimiento hotelero".

El Alto Tribunal "concede la protección establecida en 1994" . La Junta, en un intento por continuar con su intención de declarar edificable la zona donde se asiente, intentó sin éxito "incluirlo en la zona denominada C3, donde son compatibles nuevas edificaciones y rehabilitación de las existentes, lo que podría permitir terminar la edificación de la infraestructura hotelera cuestionada".

En resumen, el Supremo se decanta por el PORN de 1994 al entender que "no era posible construcción alguna, ni la legalización de las ejecutadas", y da un paso más y contempla un futuro sin el hotel al asegurar que el PORN de 1994 "atiende más eficazmente a la recuperación del lugar y, por lo tanto, a la defensa del interés público medioambiental en cuanto a la restauración de una zona ya degradada".

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