Andalucía

El TSJA tumba el recurso de Farmaindustria contra la receta electrónica

  • En la sentencia, defiende la medida por sus beneficios para los enfermos crónicos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso que elevó la patronal de la industria farmacéutica Farmaindustria contra el decreto andaluz 181/2007, por el que se regula en la comunidad la prescripción y dispensación de fármacos y productos sanitarios mediante receta electrónica.

La sentencia del Alto Tribunal andaluz hace suyos los argumentos de la Consejería de Salud en su defensa de esta prestación, entre ellos, el que con dicha herramienta se pretende "evitar" que los pacientes crónicos se vean obligados a acudir al médico sólo para obtener las recetas de continuación de sus tratamientos, además de facilitar el que el facultativo consiga "dedicar más tiempo a sus pacientes", se "mejore" la adherencia terapéutica en los tratamientos de estos pacientes y se mejore la comunicación con el farmacéutico.

Por contra, el fallo rechaza las alegaciones de Farmaindustria en las que entendía que el decreto de receta electrónica "invade" las competencias propias del Estado, "vulnera" el régimen de prescripción, dispensación y financiación de fármacos contenidos en la Ley del Medicamento de 2006 y "lesiona" el principio de igualdad de acceso por los ciudadanos a la prestación farmacéutica.

Del mismo modo, la sentencia rebate los argumentos de la industria farmacéutica en los que se aludía a una posible "vulneración del principio de libertad de prescripción del médico y odontólogo" y una presunta "infracción" de la Ley del Medicamento en lo que a "sustitución" de medicamentos por el farmacéutico se refiere y a qué tipo de profesionales son los que están facultados para desempeñar esta tarea, que para la industria correspondería en exclusiva en médicos y odontólogos.

Frente a los argumentos de Farmaindustria, la Consejería de Salud adujo también que los motivos de la industria se basaban en una interpretación "totalmente errónea e infundada" de las consecuencias prácticas que alegaban que tendrían dichas normas para el sector y de las supuestas "intenciones" que con dicha receta electrónica pretendía la administración.

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