Andalucía

El Supremo admite un recurso por el contenido de Ciudadanía

  • La impugnación fue interpuesta en agosto de 2007 por padres de Sevilla y Málaga · Los objetores hablan de "un nuevo elemento a debate" tras el fallo del Supremo

El tira y afloja judicial a cuenta de la asignatura de Educación para la Ciudadanía vivió ayer un nuevo capítulo después de que el Tribunal Supremo haya admitido a trámite un recurso contra la materia.

La iniciativa viene de lejos, concretamente de agosto de 2007, y partió de un grupo de padres y madres de alumnos de Sevilla y Málaga que interpusieron el citado recurso "contra el curriculum y los criterios de evaluación de la asignatura", explicó ayer el abogado sevillano Carlos Seco.

Seco, que defiende a varios progenitores en relación a la polémica asignatura, insistió ayer en sus argumentos en contra para exponer "la clara intromisión" que Educación para la Ciudadanía supone para la "concepción que nuestros hijos tienen que asumir sobre dilemas morales". Una asignatura que cursan en la actualidad alrededor de 100.000 alumnos de tercero de ESO en Andalucía y que según el abogado está inspirada "en posiciones ideológicas" que van más allá de los mandatos constitucionales. La decisión del Tribunal Supremo de examinar la cuestión de ilegalidad que planteó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) supone, según Carlos Seco, "un nuevo elemento a debate" tras el fallo del Supremo a finales del pasado mes en el que se desestimaba la objeción a Ciudadanía.

Ante estas dos últimas cuestiones sobre la asignatura derivadas del mismo tribunal, el abogado aclaró que "no se puede hablar de contradicciones" puesto que son asuntos distintos. Por un lado, el Supremo declaró el pasado 28 de enero que la materia no vulneraba el derecho de las cuatro familias -una de ellas andaluza- que presentaron el recurso de casación, de educar a sus hijos en la formación religiosa y moral de acuerdo a sus convicciones. Por otro, esta última admisión a trámite "supone un examen de la legalidad del curriculum" ya que "una cosa es la objeción y otra el propio contenido de la asignatura", explicó el letrado.

Por ello, destacó que este examen "es un paso fundamental y de mayor trascendencia que la propia objeción". No obstante, Carlos Seco afimó que como jurista acata las sentencias, pero recordó que en cuanto a la objeción lo único que se conoce es el mencionado fallo y no la sentencia y sus fundamentos de derecho, que serían la base de futuribles recursos ante el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Estrasburgo.

El contenido de la sentencia del Supremo condicionará de manera directa la trayectoria jurídica de la polémica asignatura en los demás tribunales, ya que sentará jurisprudencia. Es decir, todas las causas relacionadas tendrán que resolverse en el sentido que establezca el Alto tribunal, cuyo primer paso a través de su fallo a últimos de enero ha sido tumbar el derecho a la objeción a Ciudadanía. Tras esta decisión no se han resuelto nuevas causas en el TSJA, aunque el pasado martes se conoció una sentencia del tribunal andaluz en la que se reconocía "el derecho del demandante a ejercer la objeción de conciencia" frente a la materia y dejando exentos a los niños "de ser evaluados". Esta sentencia es anterior al fallo del Alto tribunal.

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