Andalucía

Ruth Ortiz apela al TSJA para recuperar los restos de sus hijos

  • El documento reproduce la petición que la letrada de la madre hizo ante la Audiencia Provincial y que fue rechazada a finales de julio

La abogada de Ruth Ortiz, María del Reposo Carrero, presentó ayer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que resolvía que no se le pueden entregar los restos óseos de sus hijos hasta que ésta no sea firme.

El recurso se ha presentado en la Audiencia Provincial de Córdoba, que será la que dé traslado al TSJA y se verá conjuntamente con el que presente la defensa de José Bretón, cuya fecha límite es mañana. El documento reproduce la petición de Reposo ante la Audiencia Provincial que fue rechazada a finales de julio por el presidente de la Sección Tercera, Pedro Vela, y se concreta exclusivamente en el apartado del fallo que especificaba que una vez fuera firme la sentencia se librara exhorto al Registro Civil de Córdoba para inscribir la defunción de los menores y se entregaran a su madre los restos para su inhumación.

En el primer motivo de apelación se especifica que se ha incurrido en la sentencia "en quebrantamiento de las normas y garantías procesales, causando indefensión" a su cliente. La sentencia se pronuncia sobre un aspecto, la devolución de los restos, que no ha sido objeto de pronunciamiento por parte del tribunal del Jurado, por decisión de su magistrado presidente y, lo hace, según la letrada, "incurriendo en infracción de precepto legal, en materia de responsabilidad civil, pues dentro de este concepto está integrado el derecho de la madre a la devolución de los restos de sus hijos para proceder a su enterramiento".

Esto lleva al segundo motivo de apelación, en el que se apunta infracción de la Ley del Registro Civil, en base a la cual la madre pide con carácter principal que "se ordene la inscripción en el Registro Civil el fallecimiento de los menores Ruth y José Bretón Ortiz" y se le entreguen los restos para proceder a su enterramiento y con carácter subsidiario que se constituya como depositaria a la Policía Nacional.

Ambas peticiones están basadas en "razones de humanidad" y además "son perfectamente compatibles con las eventualidades que puedan surgir en el desarrollo y resolución de los recursos que pueda interponer la dirección jurídica de José Bretón" contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Cordobesa que lo condena a 40 años por dos delitos de asesinato.

Con relación a la expedición de la autorización de inscripción de fallecimiento para proceder al enterramiento de los restos óseos, se señala en el escrito que la Ley de Registro Civil se admite la inscripción del fallecimiento "no sólo cuando haya existido sentencia judicial firme sino además cuando exista una orden de la Autoridad Judicial a la que no se le exige requisito de firmeza". Únicamente, indica el recurso, "se exige la falta de duda sobre el fallecimiento o certeza que excluya cualquier duda racional" y a tenor de la motivación de la sentencia es "evidente" que "tanto el jurado como el magistrado que la firma tienen la certeza moral de que los restos humanos pertenecen a los menores Ruth y José". La letrada apela al "sentido común y de humanidad" que deben presidir estas situaciones "extremas", y tener en cuenta "el grado de sufrimiento".

Por otra parte, se especifica que en caso de no serles entregados los restos a Ruth Ortiz se solicita un cambio en su custodia para que queden depositados en la Audiencia Provincial de Huelva, bajo la custodia de la Policía Nacional. El objeto es que puedan trasladarse directamente a la Iglesia Santa Teresa de Jesús, a fin de poder celebrar una misa por el descanso de los menores, "tras la cual la Policía volvería a llevárselos".

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