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Andalucía

Reconocen el derecho de un funcionario a cobrar parte de la extra de julio de 2012

  • La sentencia no crea jurisprudencia y sólo afecta a la denuncia concreta del afectado

El Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Almería ha reconocido el derecho a los empleados públicos de Andalucía de percibir la parte proporcional de la paga extra correspondiente al periodo 1 de junio de 2012 al 14 de julio del mismo año, que fue suprimida por la Administración andaluza alegando el contenido del artículo 2.1 del Real Decreto Ley 20/2012, de 19 de junio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y del fomento de la competitividad. Se trata de la primera sentencia estimada en este sentido en Andalucía, según Ustea.

Se trata de una sentencia de un tribunal de lo contencioso, y por ello no crea ningún tipo de jurisprudencia. Por ello sólo tiene efectos en el caso concreto de la denuncia presentada. No obstante, el sindicato espera que las sentencias que sobre el mismo asunto ha presentado en el resto de capitales andaluzas sigan esa misma tendencia apuntada por el tribunal almeriense, aunque tampoco existe la certeza sobre ello, al estar sujeta a sucesivos recursos hasta llegar al Tribunal Supremo, cuyo fallo sí creará jurisprudencia y será de aplicación general.

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo de Almería aclara en su sentencia que el artículo 2.1 del citado Real Decreto Ley 20/2012 cuando expresa en relación a la paga extra de los funcionarios que "verán reducidas sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre", priva al funcionario del emolumento mencionado, siendo este uno de los efectos que produce la entrada en vigor de la norma, que tuvo lugar el 15 de julio de 2012.

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