Andalucía

Primer encontronazo de la Fiscalía con Bolaños por la división de los ERE

  • Anticorrupción considera que las primeras resoluciones no están motivadas porque falta un "relato sucinto" de hechos y de imputados

Se trata del primer encontronazo serio entre la Fiscalía Anticorrupción y la juez María Núñez Bolaños a causa de la división de la macrocausa de los ERE fraudulentos. La Fiscalía Anticorrupción no está de acuerdo con la forma en la que la magistrada ha dictado las primeras resoluciones y autos formando las piezas separadas en el caso de los ERE. El Ministerio Público ha presentado sendos recursos de reforma contra una providencia y un auto dictados por la instructora, en las que acordó respectivamente abrir las piezas separadas de las ayudas relacionadas con las empresas Surcolor, Río Grande, Acyco y Calderinox, y abrió las diligencias previas sobre la primera de las empresas.

En ambos escritos, los fiscales delegados de Anticorrupción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra entienden que las resoluciones -tanto la providencia de la juez y el auto de la misma fecha, 30 de septiembre pasado- no están motivadas porque las mismas "no cumplen, ni en la forma ni en el fondo, en términos de estricta corrección procesal, como garantía del adecuado ejercicio de los derechos de defensa de las partes".

Los fiscales delegados de Anticorrupción señalan, en los escritos remitidos el pasado 2 de octubre al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla que en el desarrollo de la decisión de formar las piezas separadas de enjuiciamiento, la magistrada debe "mediante una resolución judicial en forma de auto, motivado, delimitar objetiva y subjetivamente, aún con carácter indiciario habida cuenta de que nos hallamos en fase de instrucción, el contenido de cada pieza, procediendo al dictado de un auto para cada ayuda o grupo de ayudas vinculadas o conexas".

Ese auto, según la Fiscalía Anticorrupción, debe ser dictado en la causa principal -no en las diligencias previas abiertas para cada ayuda, como por ejemplo la de Surcolor-, y debe contener además "un relato sucinto del hecho que se investiga y una relación de las personas sobre las que existen indicios de su participación en los mismos". Una vez hecho esto, prosigue Anticorrupción, procederá "delimitar qué testimonios de la causa principal deben incorporarse a la pieza separada, ya de manera digitalizada, ya de manera particular en soporte papel".

Tras la resolución que acuerda la formación de la pieza separada, debe llevarse testimonio del mismo como resolución que inicie las diligencias previas de la empresa "como pieza separada de enjuiciamiento, en donde deberá tenerse de inicio, al tratarse de una pieza desgajada de la causa principal, por partes personadas a todas las demás acusaciones, tanto particular como popular, así como a aquellas personas delimitadas como imputados en el auto".

La Fiscalía concluye solicitando a la instructora que estime el recurso de reforma y "deje sin efecto" las mencionada providencia y el auto, incoando las diligencias sobre Surcolor y Surcolor Óptica mediante la "unión del testimonio del auto que se interesa que se dicte en la causa principal y teniendo como partes personadas, de forma necesaria, a todas las acusaciones y a aquellas personas que, conforme a la delimitación objetiva y subjetiva de la pieza, resulten imputadas".

Tras estos recursos, la juez ha dado traslado por dos días a las partes para que se pronuncien sobre los mismos y, a continuación, resolverá. Bolaños ha abierto desde octubre cinco piezas separadas relativas a las ayudas recibidas por las empresas Acyco, Surcolor-Surcolor Óptica, Río Grande, Calderinox y Matadero Fuenteobejuna.

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