Provincia

Condenan a Ortega Cano por una caída en La Yerbabuena

  • El torero tendrá que pagar 17.300 euros a una mujer que se cayó durante una visita a su finca.

El juzgado de Primera Instancia número 20 de Sevilla ha condenado al torero José Ortega Cano a pagar 17.298,23 euros más intereses a una mujer que sufrió una caída durante una visita a la finca La Yerbabuena, propiedad del matador. La caída se produjo el 17 de febrero de 2011 en un salón museo en el que se exponen contenidos relacionados con Ortega Cano y Rocío Jurado, en presencia de la hermana de ésta, Gloria Mohedano, que ejercía de guía. La demandante, Mariana T. J., de 68 años y vecina de Cádiz, que visitaba la finca en viaje organizado con más personas, sufrió una fractura en la cabeza del húmero derecho y una contusión facial, lesiones que tardaron 168 días en curar y de las que le han quedado secuelas.

La sentencia refleja que el accidente ocurrió "por la inexistente señalización de unos escalones de acceso" al salón, que está dividido en dos zonas de diferentes alturas. "Ambas tienen el pavimento del mismo color y están separadas al fondo del salón por dos escalones, dando así lugar a un desnivel que es un obstáculo imprevisible, sorpresivo e inesperado para los visitantes", expone el juez, que detalla que la visión del obstáculo es todavía menor si se tiene en cuenta que los focos iluminan los cuadros y fotografías del salón. En concreto, en la zona del accidente, había un cuadro con la imagen de Ortega Cano vestido de luces. Para poder contemplarlo, la mujer tuvo que pasar por los escalones, "que eran del mismo material y color que el suelo y tenían una cinta y bordillo de reducido tamaño, sin que la cuñada del demandado realizara ninguna advertencia de su existencia".

El juez destaca además el testimonio de una amiga y de la prima de la víctima de la caída, que la acompañaban en la visita. Ambas mujeres recalcaron que "los escalones no eran visibles" y dijeron haber oído a la cuñada de Ortega Cano "expresiones de enfado indicativas de que se habían producido allí caídas anteriores". La sentencia recuerda que el torero aseguró que "era frecuente que los visitantes se distrajeran en el salón con los cuadros y demás recuerdos objetos de exhibición" e indica que a pesar de ello las únicas medidas de seguridad que ha adoptado han sido colocar un sofá y una estatua para impedir el paso de los visitantes por el desnivel.

La defensa de Ortega Cano se basó precisamente en atribuir el accidente a un despiste de la mujer, que "iba mirando los objetos que se exponían las paredes" del salón dedicado a Rocío Jurado, donde se sirve a los visitantes un tazón de caldo caliente mientras proceden a ver fotografías y recuerdos de la cantante. El juez exculpa a la víctima y dice que no puede demostrarse que fuera distraída porque "ninguno de los testigos la vio caerse y sólo se dieron cuenta cuando ella ya estaba en el suelo".

La sentencia va más allá y critica que en el recinto no existieran unas medidas de seguridad adecuadas y acordes con la legislación vigente. El juez indica que,  aunque la construcción es anterior a la normativa actual, sí debería haberse adaptado cuando "empezaron las visitas guiadas y el salón dejó de ser una estancia exclusivamente privada". Para el magistrado, "es significativo" que no se cumplen las medidas de seguridad "al situarse dos escalones consecutivos en un itinerario accesible a los visitantes", en contra de la opinión del perito presentado por Ortega Cano, que aseguraba que "las instalaciones estaban en perfecto estado y la zona perfectamente iluminada".

Por ello, el juez condena al torero a pagar casi 17.300 euros a la denunciante. La indemnización resulta de la suma de 56,60 euros por los 90 días impeditivos que le provocaron las lesiones; 30,46 euros por los 78 días no impeditivos; 635,06 por las 13 secuelas que le han quedado y por la edad de 65 años que tenía la víctima en el momento del accidente; más otros 825,58 y 746,99 euros por otros conceptos de la tabla de baremacón de estos accidentes. La indemnización casi responde por completo a la petición de la víctima, que solicitó 20.000 euros antes del juicio. La sentencia aún no es firme y contra ella puede presentarse un recurso de apelación  ante la Audiencia de Sevilla en un plazo de 20 días.

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