Andalucía

Bolaños desoye a la Fiscalía y no volverá a imputar a ex altos cargos

  • La juez despacha en una providencia la petición de Anticorrupción y argumenta que debe estarse "a lo acordado" por el juzgado

La juez María Núñez Bolaños no volverá a imputar a los ex altos cargos que están siendo enjuiciados en el llamado "procedimiento específico" de los ERE y que han sido excluidos de otras piezas de investigación, en aplicación del criterio establecido por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla. Tras haber recibido la petición de la Fiscalía Anticorrupción en dos de las piezas, la instructora ha dictado sendas providencias en las que expresa que se tienen por realizadas "las manifestaciones" del Ministerio Público y acuerda que se "esté a lo acordado" por este juzgado, es decir, que la magistrada no tiene intención de volver a imputar a los ex altos cargos, según confirmaron fuentes del caso.

El nuevo giro de tuerca en el galimatías jurídico creado en torno al caso fue planteado la semana pasada por la Fiscalía, a la vista del auto de 9 de febrero de 2018 por el que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla resuelve las cuestiones previas planteadas en el juicio por el denominado "procedimiento específico". Los fiscales, en sendos escritos presentados en las piezas separadas en las que se investigan las ayudas concedidas a las empresas Cetro Aceitunas y Antonio Gálvez Peluqueros, solicitaron al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla que deje sin efecto la "exclusión del procedimiento" o "apartamiento" acordado por el juzgado -siguiendo el criterio fijado por la Sección VII de la Audiencia Provincial- respecto de determinados ex altos cargos investigados en las piezas separadas.

La petición de Anticorrupción planteaba un importante conflicto jurídico a la instructora, al pedirle que eligiera entre la doctrina fijada por la Sección Séptima, que es la Sala que resuelve desde 2011 todos los recursos que se presentan contra las decisiones adoptadas por la magistrada, y la decisión de la Sección Primera, que enjuicia el "procedimiento específico".

Bolaños no ha tenido ninguna duda y en una providencia ha despachado la petición de la Fiscalía utilizando una sola frase, al decidir que sobre este asunto se esté "a lo acordado" por este juzgado, sin ni siquiera entrar en profundidad y resolver la petición en un auto.

Según Anticorrupción, el auto de 9 de febrero de 2018 ha establecido que en "procedimiento específico" no serán objeto de enjuiciamiento la concesión y pago de ayudas concretas, por lo que queda extramuros de dicho "procedimiento específico" la intervención que las personas acusadas en él pudieran haber tenido en la concesión y pago de estas ayudas individuales. Los fiscales reclamaron al juzgado que deje sin efecto la "exclusión del procedimiento" que ha ido acordando en las diferentes piezas en que se investigan ayudas individuales respecto de determinados investigados a los que se acusa en el juicio de la pieza política de los ERE y que "presuntamente han tenido participación directa en la concesión y pago de cada ayuda individual".

Este criterio es el que se desprende de los autos en los que la Sección Séptima resolvió los recursos interpuestos por la defensa del ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera, contra los autos de transformación al procedimiento abreviado dictados en las piezas relativas a las ayudas a Surcolor y Acyco. Anticorrupción entiende que si se mantiene la exclusión no se podrá exigir a los ex altos cargos investigados responsabilidad penal por la concesión y pago de ayudas concretas ni en las piezas separadas en que se investiga de manera individual la concesión y pago de ayudas individuales, ni en el Procedimiento Abreviado 1965/17 [el que se está enjuiciando ahora]. Esta situación comportaría, advierte Anticorrupción, una especie de "salvoconducto procesal" que cerraría la posibilidad de dirigir la acción penal contra las personas acusadas en este primer juicio de los ERE, "generando un intolerable espacio de impunidad".

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