Andalucía

Batalla legal de 29 años

  • El Supremo zanja una reclamación por una indemnización por las lesiones de un accidente en 1984.

Una batalla judicial que ha durado 29 años. Un vecino de Villarrasa (Huelva) ha conseguido después de todos estos años de litigio ante la Justicia que el Tribunal Supremo haya aumentado la indemnización que le correspondía como consecuencia de las lesiones que sufrió a causa de un accidente de tráfico que tuvo lugar el 30 de noviembre de 1984 en la carretera de Almonte a Matalascañas y que 20 años después le provocó nuevas secuelas.

La víctima, Juan Antonio C. R., viajaba como ocupante en un vehículo de la época, un Seat 127, que se salió de la vía cuando iba a trabajar en una inmobiliaria de Matalascañas. Como consecuencia del siniestro, este vecino de Villarrasa sufrió varias fracturas de vértebras dorsales, así como de la muñeca, costales y de escápula derecha, lesiones de las que, en principio, tardó en curar 360 días.

Por estos hechos se celebró un juicio de faltas, que terminó en una sentencia absolutoria, aunque la compañía aseguradora fue obligada a pagar 128.000 de las antiguas pesetas por las lesiones sufridas por Juan Antonio. Sin embargo, debido a los persistentes dolores dorsales, la víctima acudió en 1999 de nuevo al médico y tuvo que ser intervenido quirúrgicamente, al tiempo que inició un expediente de incapacidad que concluyó con la declaración de una incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo "in itinere" por el siniestro que había tenido lugar en 1984.

El abogado José Antonio Picón, que representa a la víctima, reabrió entonces el caso para reclamar, en concepto de daños y perjuicios, el pago de una indemnización de más de 258.000 euros, al considerar que debía aplicar el baremo vigente en 2003 porque se trataba de nuevas lesiones derivadas de aquel siniestro.

La demanda fue desestimada inicialmente por la Audiencia de Huelva, al considerar que la acción había prescrito por el tiempo transcurrido desde la fecha del accidente, teniendo en cuenta que el plazo para reclamar es de un año, pero el Tribunal Supremo decidió en 2010 dar la razón al accidentado, al ordenar a los magistrados de Huelva que volvieran a dictar una nueva sentencia reconociendo el derecho a percibir una indemnización.

La Audiencia dictó esa nueva resolución y condenó a la compañía aseguradora del vehículo a abonar a Juan Antonio la cantidad de 9.521,42 euros, más los intereses legales. La Audiencia de Huelva rechazó la aplicación al caso del sistema de valoración que rige en la actualidad y que no existía en la fecha del accidente, y por tanto rechazó la indemnización reclamada.

No contento con esta decisión, el accidentado volvió a recurrir nuevamente al Tribunal Supremo, que acaba de dictar una sentencia en la que, aunque no considera que deba aplicársele el nuevo baremo, sí que eleva la indemnización a 23.222,74 euros.

El Tribunal Supremo subraya en esta resolución que cuando el artículo 1.902 del Código Civil obliga a "reparar el daño causado" se está refiriendo a una "reparación efectiva y no meramente formal o nominal, como la que resultaría de la estricta aplicación de las normas a que se refiere la Audiencia, que han dado lugar al reconocimiento de una indemnización de 9.521,42 euros que, si habría sido adecuada en el año 1984 resulta hoy absolutamente insuficiente".

Dicen los magistrados del Alto Tribunal que la jurisprudencia ha entendido que la obligación de indemnizar en estos casos integra una verdadera "deuda de valor" y que resulta necesario adecuar las cuantías al momento de la efectiva percepción por el perjudicado de la indemnización correspondiente, por lo que concluye que la Audiencia ha infringido el artículo 1.902 del Código Civil y, en consecuencia, considera que hay que aplicar a la indemnización el incremento correspondiente al Índice de Precios al Consumo (IPC) entre los años 1984 y 2004, lo que da un resultado total del 143,9%, por lo que eleva a 23.222,74 euros la indemnización para la víctima.

El abogado José Antonio Picón, que representa al accidentado, mostró ayer su satisfacción por esta sentencia por cuanto, aunque no atiende la indemnización total que se reclamaba sí que pone fin al "calvario judicial" que se ha prolongado durante 29 años, período que coincide con toda la vida profesional del letrado. Después de este tiempo y de los numerosos avatares, tanto el abogado como el cliente consideran que esta lucha "ha merecido la pena".

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