Caso de los ERE

Anticorrupción recurre a la Audiencia la negativa de Alaya de enviar el caso de los ERE al Supremo

  • La Fiscalía señala que la elevación al Alto Tribunal pretende evitar que "personas presuntamente responsables de los hechos puedan quedar impunes por el mero transcurso del tiempo".

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla contra la negativa de la juez Mercedes Alaya de dividir el caso de los ERE fraudulentos en piezas separadas y enviar la parte que afecta a los aforados al Tribunal Supremo. El Ministerio Público insiste en que con la elevación al Alto Tribunal se pretende, entre otros objetivos, abortar la posibilidad de que "personas presuntamente responsables de los hechos puedan quedar impunes por el mero transcurso del tiempo".

La juez Mercedes Alaya dictó esta semana un auto en el que rechaza "por ahora" dividir la causa en piezas separadas, con el argumento de había que evitar lo que los juristas denominan la "ruptura de la continencia de la causa", para no provocar un "caos procesal" ya que, a su juicio, existe el peligro "obvio, serio e indiscutible" de que se produzcan sentencias "contradictorias" por el enjuiciamiento por separado de las distintas ayudas.

Ahora, la Fiscalía, en un escrito presentado este jueves en el juzgado, ha recurrido directamente a la Audiencia de Sevilla para reclamar la división en piezas y el envío al Supremo. En el recurso, Anticorrupción advierte de que ya en octubre de 2013 se pronunció sobre la posibilidad de separar la causa en piezas cuando tuvo que contestar a la petición de la defensa de una empresaria imputada por las ayudas a la empresa Aceitunas y Conservas (Acyco), pero añade que una vez recibido el informe pericial de la Intervención General del Estado sobre el procedimiento de las ayudas es cuando entiende que ha llegado el momento de la inhibición.

"El estudio de la pericial de la Intervención General del Estado es precisamente lo que en nuestra opinión aporta los criterios básicos que se recogen en nuestro escrito de fecha 28 de marzo de 2014 sin tener que demorar más la formación de las piezas por entender que es posible minimizar notablemente los perjuicios que para la Justicia como valor de nuestro sistema constitucional conlleva la instrucción de hechos tan amplios y complejos como son objeto de esta causa".

El informe pericial de la Intervención General del Estado "proporciona elementos más que suficientes para que se proceda a elevar ésta -en alusión a la parte de los aforados- en su integridad al órgano superior competente conforme al fuero personal de las personas mencionadas en el auto de fecha 18 de diciembre de 2013 al ser posible individualizar la conducta concreta que respecto a las mismas pudiera ser constitutiva de delito y también contando con indicio o principio de prueba que pueda servir de apoyo a la imputación".

Anticorrupción insiste en que la causa está agotada respecto a la pieza de los aforado, "hecho impensable de no producirse el deslinde del resto de la causa puesto que como ya ha quedado reflejado el horizonte temporal es incierto en el momento actual".

La Fiscalía afirma que la práctica de las diligencias pendientes en esta pieza - entre ellas algunas interesadas por la propia Fiscalía como los requerimientos de documentación a los auditores de la agencia IDEA- "no aportarán hechos nuevos que puedan ser objeto de imputación, sino que vendrán a perfilar los mismos y a determinar aún más a sus autores y es precisamente esta razón la que nos lleva a no demorar más la petición de la elevación al tribunal competente en aras no sólo de no causar quebranto de garantías en las personas imputadas sino para evitar que personas presuntamente responsables de los hechos puedan quedar impunes por el mero transcurso del tiempo".

En ese demoledor informe pericial, entregado en el juzgado en diciembre pasado, los peritos avalaron todas y cada una de las sospechas que la juez Alaya había ido acumulando en los últimos años en la investigación del escándalo de los ERE respecto a las irregularidades detectadas en la concesión durante una década de las ayudas públicas de la Junta de Andalucía. Los peritos incluían desde la "inadecuada" e "improcedente" utilización de las transferencias de financiación para la concesión de las ayudas hasta la absoluta ausencia de procedimiento legal para la concesión de las subvenciones, lo que impidió la fiscalización previa por el interventor delegado en la Consejería de Empleo. El peritaje contiene además un reproche fundamental por no haber adoptado medidas para evitar el fraude a tres ex consejeros de Economía y Hacienda, los que ocuparon el cargo en el período entre 2000 y 2009: la ex consejera Magdalena Álvarez, el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y la ex consejera Carmen Martínez Aguado.

La Fiscalía propuso crear tres bloques de piezas: uno por cada uno de los expedientes, otro sobre las sobrecomisiones y un tercero sobre el "procedimiento específico" de concesión de las ayudas, en el que estarían incluidos los aforados.

La Fiscalía insiste en que en el bloque relativo a los expedientes de ayudas habrá que hacer más de 200 piezas, pero la juez consideró que la causa era inescindible por la conexidad e interrelación de los hechos que se investigan.

"Tampoco podemos compartir que esta materia no se pueda deslindar del resto de piezas – o bloques - que se interesan. Cada expediente delimita tanto en el objeto de la investigación –las ayudas recibidas– como la esfera de los participes en los mismos, poniendo ya de manifiesto esta Fiscalía los problemas de continuidad y de penalidad que puedan derivarse de la concurrencia en muchos de ellos de las mismas personas imputadas, como serían los casos de las personas que ocuparon la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y, en especial, por al amplio periodo de tiempo y el volumen de pagos acordados del imputado Francisco Javier Guerrero Benítez, aportando una respuesta ajustada a derecho de los mismos".

Dice la Fiscalía que el hecho de existir un procedimiento específico que lo haya permitido "no es óbice para su separación", de ahí la petición del Ministerio Público de que se hicieran informes individuales de la Intervención General del Estado para cada ayuda, pero el fiscal entiende que "ni a esta pieza perjudica desgajarla de las singulares aplicaciones del mismo, puesto que habrá que acreditar en cada pieza la participación de aquellas personas que siendo imputadas en el procedimiento específico deban de ser igualmente imputadas en las piezas relativas a ayudas singulares por su conocimiento y no actuar permitiéndolo o por su participación activa en el pago de presuntas ayudas públicas".

Sobre la posibilidad de pronunciamientos contradictorios, el fiscal señala que"sin negar categóricamente que se pudieran llegar a producir", entiende que entre los tres bloques que se proponen "no sería relevante tal contradicción ni tampoco que se diera tal contradicción en el primer bloque si este responde a los hechos objeto de enjuiciamiento". El fiscal añade que si de forma hipotética se produjesen pronunciamientos “absolutorios o de sobreseimiento en la pretendida pieza de procedimiento específico , este fallo no entraría en contradicción con otros hipotéticos fallos condenatorios en otras piezas en las cuales se pusiera de manifiesto la apropiación de fondos públicos mediante la utilización del procedimiento específico”. Como ejemplo cita a los denominados intrusos o bien el pago de comisiones a los conseguidores a través del mecanismo de las sobrecomisiones.

"La preocupación de esta Fiscalía es precisamente conseguir que estos pronunciamientos se puedan dar en fase de enjuiciamiento evitando la impunidad de conductas y que se pueda recuperar en sentencia los fondos presuntamente malversados, no sólo acudiendo al patrimonio de los concedentes sino también al de los perceptores de los mismos, en su caso", asevera Anticorrupción.

El fiscal añade que si de la instrucción de cada pieza se derivaran "indicios sólidos" de la participación en los hechos de personas aforadas, la misma deberá ser elevada al órgano competente para su instrucción, lo cual permite, a su juicio, "dar una mayor celeridad a la tramitación y simplifica notablemente el proceso, evitando elevar la causa en su totalidad" dado su volumen y número de imputados.

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