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Andalucía

Anticorrupción sólo ha recurrido la decisión de Alaya de incorporar una ayuda de Astilleros de Huelva a la causa de los ERE

  • La Fiscalía no recurrirá el hecho de que la magistrada continuara la instrucción pese a haber remitido la exposición razonada al Tribunal Supremo.

La Fiscalía Anticorrupción sólo ha recurrido la decisión de la juez Mercedes Alaya de incorporar una ayuda de Astilleros de Huelva a la causa de los ERE fraudulentos y no la resolución de la magistrada en la que decidió continuar la instrucción a pesar de haber remitido la denominada “exposición razonada” al Tribunal Supremo con los nueve aforados.

Así lo han explicado a este periódico fuentes del Ministerio Público en relación con la providencia dictada por la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, en la que la magistrada accede a entregar una copia de la exposición razonada a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada para que la misma pueda recurrir el auto del 4 de septiembre.

Alaya dictó dos autos con fecha 4 de septiembre, en uno de ellos ordenaba comunicar el procedimiento de los ERE a los dos últimos aforados, mientras que en el segundo ampliaba la imputación a otras 20 personas, lo que eleva el número de implicados a 227.Las mismas fuentes han precisado que en ese auto Alaya incorporaba una ayuda de cinco millones de euros al caso de los ERE, a pesar de que inicialmente accedió siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción a formar una pieza separada para investigarla al margen de la macrocausa de los ERE. En esa resolución, la juez explicaba que el ámbito temporal de la presente investigación “alcanza las subvenciones sociolaborales concedidas por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, con cargo al Programa Presupuestario 31L, hasta el Decreto-Ley 4/2012, de 16 de octubre, el cual fue convalidado por el Pleno del Parlamento en Sesión celebrada el 15 de noviembre de 2012”.  Y recordaba que, como ya señaló en la exposición razonada remitida en agosto al Tribunal Supremo, “deben formar parte de la presente instrucción las diligencias previas correspondientes a la subvención excepcional a la entidad en concurso Astilleros de Huelva, al haber sido otorgada dentro de dicho ámbito temporal concretamente el 17 de noviembre de 2011, por importe de 5.026.425,51 euros”.

Alaya decidió, por tanto, acumular la investigación de Astilleros a los ERE y, con la finalidad de recurrir esta decisión, la Fiscalía pidió que se le notificara la exposición razonada.

En cualquier caso, la Fiscalía da por zanjada la cuestión de que Alaya haya decidido seguir con la instrucción y no tiene ninguna intención de recurrirla, sobre todo después de que la instructora accediera a notificar al Tribunal Supremo los dos autos dictados el pasado 4 de septiembre.

En concreto, la Fiscalía solicitó a la magistrada que informara "con carácter urgente" al Tribunal Supremo de su decisión de seguir instruyendo la causa mientras no reciba ninguna comunicación del Alto Tribunal. El escrito de la Fiscalía solicitaba expresamente que "con carácter urgente y como necesario complemento, de no haberlo realizado ya, se ponga en conocimiento del mencionado Alto Tribunal la decisión que se adopta de continuar la instrucción de la causa mediante remisión" a los dos autos dictados el pasado 4 de septiembre, en los que la juez acordó, de un lado, seguir la instrucción, y de otro, trasladar, a tenor del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a Gaspar Zarrías Arévalo y a María del Mar Moreno Ruíz, de la presente causa así como del contenido de la exposición razonada.

La Fiscalía entendía que todo lo anterior se debe realizar a los efectos del artículo 759.2 en relación con el artículo 21, párrafo tercero ambos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo este último artículo el que "prevé que el Tribunal Supremo puede autorizar al órgano judicial inferior, en tanto se resuelve la competencia, la continuación de aquellas diligencias cuya urgencia o necesidad fueran manifiestas", recordó entonces la Fiscalía.

Según la ley de Enjuiciamiento Criminal, sólo el Tribunal Supremo puede ordenar a Alaya que no siga instruyendo la causa, dado que el mismo artículo 21 señala que "cuando algún juez o tribunal viniere entendiendo en asunto cuyo conocimiento estuviere reservado al Tribunal Supremo, ordenará éste a aquél, de oficio, a excitación del Ministerio Fiscal o a solicitud de parte, que se abstenga de todo procedimiento y remita los antecedentes en el término de segundo día para, en su vista, resolver".

La juez Alaya explicó la semana pasada, con motivo de la declaración de un nuevo imputado, que había recibido una autorización “telefónica” por parte del Tribunal Supremo para poder continuar con la instrucción y, de hecho, en una providencia del pasado 19 de septiembre la juez asegura que el Alto Tribunal ha dictado una diligencia en la que le ordenaba notificar al ex consejero de la Presidencia Gaspar Zarrías el auto en el que le daba traslado de las actuaciones y ahora se le ordena que le remita la exposición razonada “mediante correo certificado”, previa consulta en el Punto Neutro Judicial del domicilio del ex consejero.

En el auto del pasado 4 de septiembre, Alaya decidió ampliar la imputación en el caso a otras 20 personas, entre ellas el que fuera jefe de la asesoría jurídica de la Consejería de Empleo, Antonio Lamela Cabrera, y fijó un maratoniano calendario de nuevas declaraciones, en el que en tan sólo cinco días citó a declarar a 41 imputados: los 20 nuevos implicados más otras tantas personas a las que se ha ampliado la imputación, entre ellas varios ex altos dirigentes de la Junta.

Con estas nuevas imputaciones, que elevan a 227 el número de imputados en el escándalo de los ERE, la juez Mercedes Alaya volvía a pasar por el alto el criterio expuesto por la Fiscalía Anticorrupción.

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