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Sociedad

Los productos adelgazantes deberán probar su eficacia con datos científicos

  • Las etiquetas podrán indicar que se pierde o se gana peso sin especificar cuánto, para evitar conductas nutricionales inadecuadas · La Autoridad de Seguridad Alimentaria Europea evaluará el cumplimiento

Los productos que complementan las dietas médicas bajas en calorías podrán a partir de ahora, especificar en sus etiquetas que "disminuye la sensación de hambre o aumentan la sensación de saciedad", pero sólo si las empresas fabricantes demuestran que existen pruebas científicas que que lo justifiquen. Así se recoge en un real decreto aprobado ayer en el Consejo de Ministros, en el marco de una batería normativa incluida en la Estrategia de Seguridad Alimentaria 2008-2012, que promueve la protección de los consumidores en relación con diversos productos alimenticios y que será reforzada mediante una ley específica.

Las declaraciones, que ahora se autorizan que lleven en el etiquetado los productos adelgazantes, sólo se permitirán si las compañías aportan evidencia científica que lo demuestren y si la redacción es correctamente entendida por el consumidor medio.

La evaluación de ambos extremos corresponderá a la Autoridad de Seguridad Alimentaria Europea, mientras se mantiene la prohibición de anunciar el ritmo o la magnitud de la pérdida de peso para evitar conductas nutricionales inadecuadas.

La autorización sobre los complementos dietéticos, la actualización de los requisitos de composición de preparados para lactantes y la incorporación de los últimos conocimientos científicos en la fabricación de materiales en contacto con alimentos, son las materias de los tres reales decretos ratificados ayer por el Ejecutivo.

El mayor conocimiento científico ha permitido aumentar la seguridad y las garantías de los preparados para lactantes y recogerlas en una reglamentación técnico-sanitaria modernizada y acorde con la normativa europea. Mediante este real decreto se establece la definición de dichos preparados y sus requisitos de composición, publicidad e información de puesta en el mercado. Entre sus principales novedades, fija las cantidades máximas o mínimas y el contenido en proteínas, en función de las necesidades nutritivas de los lactantes.

Finalmente, el Gobierno ha dado el visto bueno a una lista de sustancias permitidas para fabricar materiales y objetos plásticos para aumentar la seguridad alimentaria de los ciudadanos. Los plásticos son uno de los materiales para envases que más se utilizan en la industria alimentaria y el íntimo contacto entre éstos y los alimentos hacen posible la transferencia de sustancias. Por esta razón, han sido objeto de un mayor control y seguimiento por parte de la Comisión Europea, que modifica periódicamente la legislación comunitaria al respecto, siguiendo las evaluaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. En consonancia con esta actualización, la iniciativa introduce novedades importantes, como procedimientos para valorar la posibilidad de esas transferencias o migraciones, o la regulación por primera vez de las juntas de las tapas de los envases.

La Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que elaborará el Gobierno y que respalda estos tres decretos ratificados ayer, garantizará la seguridad de los alimentos y, por tanto, protegerá la salud de los ciudadanos además de reforzar sus derechos como consumidores. "El objetivo es que los españoles tengan la seguridad de que cuando compran un producto, tiene todas las garantías para el consumo", dijo la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

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