Provincia de Cádiz

"La tropa y la marinería españolas están contratadas en fraude de ley"

  • Unos 5.000 militares temporales de la provincia están pendientes de un juicio que cuestiona el encadenamiento de contratos

Militares en el campo de adiestramiento de El Retín, en Barbate.

Militares en el campo de adiestramiento de El Retín, en Barbate. / manuel aragón pina

"La tropa y la marinería española están contratadas en fraude de ley", afirma con rotundidad un representante de un grupo de militares que carece de la condición de militares de carrera. Pertenecen a esa mayoría de los soldados del Ejército (de ellos, unos 5.000 en la provincia de Cádiz) que son profesionales no permanentes porque encadenan contratos temporales. La ley no permite esa concatenación de contratos si no existe causa de temporalidad, sostienen. Por eso han acudido a los tribunales y ahora están pendientes del resultado del primer juicio que abordará este asunto en un Juzgado de lo Social de Madrid.

Ya hay varios casos en Juzgados de lo Social. El problema es de un colectivo pero las demandas son presentadas de manera individual. El grupo de militares con contrato temporal que se está movilizando y recurriendo a la vía judicial reclama que se les considere indefinidos, permanentes. Y que sea anulado, por tanto, el encadenamiento de contratos. El primer juicio ha sido señalado para el próximo 5 de abril y la sentencia, si es favorable al demandante, puede abrir un camino que mejoraría la situación laboral y el futuro de muchas personas.

"Los militares de tropa y marinería temporales, la inmensa mayoría, no son funcionarios públicos. Ni de carrera ni estatutarios, por lo que les es de aplicación el Estatuto de los Trabajadores. En realidad, los contratos de estos militares son contratos laborales enmascarados bajo una fachada de contratos administrativos. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo tiene establecido que la competencia para dilucidar la naturaleza de los contratos de trabajo la tiene atribuida el Orden Jurisdiccional Social. Por ese motivo las demandas se interponen en los Juzgados de lo Social. El Orden Contencioso Administrativo no sería el competente dado que el personal de tropa y marinería temporal no es funcionario de carrera ni personal estatutario", explica el representante del grupo.

Los militares que acceden a las Fuerzas Armadas a través de las convocatorias de tropa y marinería firman un compromiso inicial por periodos de dos o tres años que es renovable hasta un máximo de seis. Según la Ley de Tropa y Marinería, aprobada en 2006, una vez pasado ese tiempo, y tras una evaluación, esos militares firman un compromiso de larga duración que finaliza cuando cumplen 45 años de edad si no han adquirido la condición de permanente o de militar de carrera. Entre las causas para resolver el contrato se encuentran la insuficiencia de facultades profesionales o la insuficiencia de condiciones psicofísicas.

A los 45 años de edad, los militares no permanentes pasan a ser considerados reservistas de especial disponibilidad, con la obligación de incorporarse en el caso de ser activados. Reciben una asignación de algo menos de 600 euros al mes hasta que cumplen los 65 años. Los dos primeros años tienen derecho al subsidio de desempleo.

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